REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
Exp. N° 35.948 /lvrh.
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 28 julio mayo de 2010
200° y 151°
Visto el anterior escrito suscrito por la abogada en ejercicio IRAMA RIVERO, inscrita en el INPREABOABOGADO bajo el No. 56.933, actuando en su propio nombre y en representación de la abogada en ejercicio MARÍA TERESA ROSENDO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 47.794, de este mismo domicilio, donde manifiesta que la parte demandada, plenamente identificada en actas, ha cancelado la cantidad correspondiente a sus honorarios profesionales los cuales ascienden a la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000, oo), por lo que solicita sea levantada la medida decretada en la presente causa de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS; este Tribunal previo análisis de las actas procesales, provee de conformidad con lo solicitado y suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 21 de noviembre de 2001 y participada según oficio No. 1687. En consecuencia se ordena oficiar al Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los fines que sea estampada la nota marginal correspondiente.-OFÍCIESE.-
LA JUEZ
ABOG, HELEN NAVA DE URDANETA MSc.
LA SECRETARIA
Abog. LAURIBEL RONDON MSc.
En la misma fecha se oficio bajo el No.________.- Y se publicó bajo el No. _____.-
La Secretaria.-