REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISION 4716-10
En hora de Despacho del día de hoy, Siete de julio del 2010, siendo las Diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana, traslado previamente acordado y fijado para el día de hoy a solicitud de parte, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente 47.258, en el juicio que por Cobro de Bolívares formalizó el BANCO PROVINCIAL S.A. BANCA UNIVERSAL, debidamente identificada en actas contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LA TORRE C.A. (CYSLATO C.A.), igualmente identificada en actas. A tales efectos fue librado despacho comisorio, una vez recibido por la Oficina de Recepción y Distribución de documentos le fue asignado su conocimiento a este tribunal ejecutor, según numero de distribución TM-EM-1445-2010, de fecha 01/06/2010. En tal sentido el tribunal de la causa decretó medida preventiva de embargo sobre bienes muebles de la propiedad de la hoy demandada Sociedad Mercantil Construcciones y Servicios La Torre C.A (CYSLATO C.A.) hasta cubrir la cantidad de UN MILLON CIENTO SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 1.167.256,00), que es el doble de la cantidad demandada e intereses. Si el embargo recae sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 875.442,00).- Seguidamente este tribunal se traslada y constituye en compañía de la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio SCARLETT STORNO GARCIA, inscrita en el inpreabogado 117.330, en la oficina de la entidad bancaria BANCO BICENTENARIO, ubicada en la avenida 4 Bella Vista, Edificio General de Seguros, Planta Baja, del Municipio Maracaibo Estado Zulia.- Acto continuo se procedió a notificar del motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor a la ciudadana EIRKA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 12.946.503, quien dijo ser subgerente de la entidad bancaria notificada.- Seguidamente esta juzgadora procede a explicarle a la notificada el motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor a tales efectos permite la lectura integra del despacho comisorio. En este acto presente la apoderada judicial de la parte actora expone: “Solicito al tribunal ejecutor proceda a embargar preventivamente cualquier cantidad de dinero que posea a la fecha la demandada de autos, a tales efectos indico su Registro de Información Fiscal RIf J-07032806-1”. Seguidamente esta juzgadora procede a solicitar de la notificada informe a este tribunal si la sociedad mercantil demandada es titular de alguna cuenta en esta entidad bancaria, y de ser cierta la información indique el saldo disponible a la fecha de la presente ejecución.- En este estado la notificada expuso: “Dándole cumplimiento a lo solicitado por este tribunal ejecutor, informo al mismo, que en los registros llevados por esta entidad bancaria, no aparece registrada la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LA TORRE C.A., de acuerdo al registro de información fiscal aportado como cliente de esta entidad bancaria, en el sistema claramente el tribunal puede leer CLIENTE NO EXISTE, es todo.- Acto seguido esta juzgadora deja expresa constancia que en el sistema utilizado por la entidad bancaria para registros de sus operaciones se lee claramente la leyenda Cliente No existe, en consecuencia este tribunal ejecutor actuando por comisión se abstiene de practicar la medida comisionada.- Seguidamente la apoderada judicial de la parte actora expuso: Solicito a este tribunal vista la exposición realizada por la funcionario de la entidad bancaria, se traslade y constituya en la sede del Banco Mercantil a objeto de cumplir con lo decretado por el tribunal de la causa.- En este estado el tribunal vista la solicitud de la apoderada judicial de la parte actora acuerda el traslado y constitución del mismo a objeto de continuar con la medida comisionada a la sede del Banco Mercantil, en el día de hoy a las once y treinta de la mañana.- La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o dadiva, en cumplimiento a lo establecido en la norma fundamental.- Concluyó el acto siendo las once de la mañana.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ
Abog. ZIMARAY CARRASQUERO
LA NOTIFICADA,
la ejecutante,
La Secretaria,
Abg. Linda Avila.
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