República Bolivariana de Venezuela. Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial Estado Zulia. Comisión No. 4734-10
En horas hábiles de despacho del día de hoy, VEINTIDOS DE JULIO DEL 2010, siendo las Nueve y Diez Minutos de la Mañana, traslado fijado para el día de hoy a solicitud de parte, se traslada y constituye este tribunal ejecutor, con la finalidad de darle cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente 2291-10, contentivo del juicio que por Desalojo sigue la ciudadana NORIS JOSEFINA ATENCIO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. 7.629.438 contra el ciudadano JOSE GERARDO FRANCO OCANDO, Venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 5.822.042.- donde fue decretado Medida Preventiva de Secuestro sobre un inmueble constituido por una casa de habitación ubicada en el Barrio Santa Lucía, calle 86B, signada con el No. 2D-30 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, cuyos linderos son: NORESTE: Linda con casa que es o fue de Maritza Franco, signada con el numero de nomenclatura catastral No. 2D-17, SURESTE: Linda con casa que es o fue de María de Muñoz, signada con el numero de nomenclatura catastral 2D-24, SUROESTE: Linda con calle 86B, y NOROESTE: Linda con casa que es o fue de Rigoberto Espina, signada con la nomenclatura catastral 2D-32. Librando para ello exhorto comisorio que una vez recibido por la Oficina de Recepción y Distribución de documentos le fue asignado su conocimiento a este tribunal ejecutor según numero de distribución TM-EM-1541-2010, de fecha 16/06/2010. Seguidamente el tribunal se constituye conjuntamente con los auxiliares de justicia y el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio LUIS BASTIDAS, inscrito en el inpreabogado 51.988, en la dirección indicada en el exhorto: Barrio Santa Lucía, calle 86B, inmueble signado con el numero 2D-30 Municipio Maracaibo Estado Zulia.- Seguidamente una vez instalado en el inmueble fuimos recibidos por la ciudadana LORENA MARIA QUINTERO FERRER, Venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. 16.118.841, quien dijo residir en este inmueble.- Acto seguido esta juzgadora procede a informarle a la notificada el motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor, asimismo se le indicó que en la presente medida podría hacerse acompañar de abogado de confianza. En este estado la notificada expuso: “ Yo estoy en esta casa al cuido porque me dejo la señora Evelin Garcia, contrato de arrendamiento nunca realicé, pero visto que el tribunal tiene una orden de desocupación yo en estos momentos acato la decisión y me retiro del inmueble, es todo”.- En este acto presente el apoderado judicial de la parte actora expuso: “Solicito al tribunal proceda a ejecutar la medida para lo cual fue comisionado, y me haga entrega del inmueble en referencia libre de personas y cosas habida cuenta que en el día de hoy he consignado en las actas de la presente comisión oficio No. 414-10, de fecha 20 de Julio del 2010, suscrito por el Juzgado de la causa, donde designan a mi representada ciudadana NORIS ATENCIO, como secuestrataria judicial especial del inmueble en referencia, es todo”.- Seguidamente esta juzgadora a los fines de determinar la coincidencia del sitio de constitución con el indicado en el exhorto comisorio, procede a nombrar y juramentar practico al ciudadano IGOR DELGADO HUERTA, quien es venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 5.170.472, quien estando presente acepta el cargo recaido en su persona y es juramentado de la manera siguiente ¿Jura usted cumplir con las funciones inherentes al cargo recaido en su persona? Si lo juro.- Seguidamente esta juzgadora gira las instrucciones necesarias al practico nombrado y juramentado a los fines que determine si el inmueble donde se encuentra constituido el tribunal ejecutor es el mismo ordenado a secuestrar por el tribunal de la causa, para lo cual expone: “Trátese de un inmueble ubicado en la dirección señalada en esta acta y en el exhorto comisorio, el cual está estructurado por columnas, viguetas y fundaciones de concreto armado y vaciado, con paredes de bloques frisadas, techos en concreto armado y vaciado, pisos de cemento pulido requemado color rojo en los interiores del inmueble, de cerámica en el área de la sala sanitaria y de cemento rústico en el área del patio y del garaje, con ventanales de metal de hierro con vidrio enmarcado, puertas entamboradas en sus interiores, y el mismo consta de las siguientes dependencias: Dos habitaciones, un pasillo interno de acceso, cocina, una sala sanitaria, lavandería, patio, y garaje el cual se encuentra cerrado por sus linderos laterales y de fondo por paredes de bloques de arcilla con friso y sin su friso contiguo todo, con los inmuebles laterales y de fondo, y por su frente es decir el lindero sur por cercado perimetral conformado por columnas de concreto armado y vaciado, bloques de arcilla frisado y dos portones de acceso peatonal y garaje en metal de hierro. Le hago constar al tribunal que el referido inmueble en el área de la sala sanitaria sus paredes están revestidas en cerámica al igual que los pisos, y posee sus respectivos accesorios. Las habitaciones del inmueble no poseen closet e igualmente le informo al tribunal que doy por reproducidos los linderos indicados en el exhorto comisorio por ser coincidentes y pertinentes los mismos. El inmueble en cuestión clasifica en regular estado de habitabilidad. Es todo.- De conformidad con lo ordenado por el tribunal de la causa en su oficio No. 414-10, de fecha 20 de julio del 2010, donde es designada la ciudadana NORIS JOSEFINA ATENCIO, ya identificada, como secuestrataria judicial del bien inmueble objeto de la presente medida, este tribunal actuando por comisión procede a nombrar y juramentar a la ciudadana NORIS JOSEFINA ATENCIO, antes identificada, como secuestrataria judicial especial del bien inmueble a secuestrar, la misma se encuentra representada en este acto por su apoderado judicial LUIS BASTIDAS DE LEON, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. 5.837.031, inscrito en el inpreabogado 51.988, quien estando presenta acepta el cargo recaido en su representada y el tribunal procede a juramentarlo de la siguiente manera ¿Jura usted cumplir con las obligaciones inherentes al cargo recaido en su persona? Si lo Juro.- Concluidas las actuaciones del acto que se practica este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cumpliendo con lo ordenado DECLARA FORMALMENTE SECUESTRADO EL BIEN INMUEBLE OBJETO DE LA PRESENTE MEDIDA SUFICIENTEMNTE DESCRITO EN LA PRESENTE ACTA Y EL CUAL SE CORRESPONDE CON EL ORDENADO A SECUESTRAR POR EL TRIBUNAL DE LA CAUSA. Haciendole entrega formal a la secuestrataria judicial especial nombrada y juramentada en la presente acta tal como fuera ordenado por el tribunal de la causa ciudadana NORIS JOSEFINA ATENCIO, ya identificada, quien se encuentra representada en este acto por su apoderado judicial LUIS BASTIDAS DE LEON, ya identificado, quien lo recibe libre de personas y de cosas para su guarda y custodia debiendo responder al tribunal de la causa sobre el mismo y sujetándose a lo establecido en el artículo 541 del Código de Procedimiento Civil Vigente y la ley sobre Depósito Judicial.- Se acuerda la remisión de la presente comisión tal como fue solicitado al tribunal de la causa por haber sido cumplida en su totalidad.- El tribunal estuvo custodiado por el funcionario policial de la Policía Regional del Estado Zulia, GERSON DURAN, oficial segundo credencial 2765. La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel en cumplimiento a lo establecido en la norma fundamental de la República Bolivariana de Venezuela.- Concluye el acto siendo las DOCE DEL MEDIODIA DE HOY.DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA DEL DIA DE HOY.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL EJECUTANTE Y REPRESENTATE JUDICIAL
DE LA SECUESTRATARIA ESPECIAL NOMBRADA.
La NOTIFICADA,
El Práctico,
Funcionario Policial La Secretaria,
Abg. LINDA AVILA.
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