REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, 02 de Julio del año dos mil Diez, siendo las 10: A.M., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en la sede del Cuartel del Ejercito General Bermúdez, ubicado en la avenida principal de la Concepción, en jurisdicción del Municipio Jesús Enrique Losada del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No. 3, en el expediente signado con el No. 16.626, contentivo de OBLIGACION DE MANUTENCION incoado por la ciudadana ISMERDA MARIA BRACHO VILLALOBOS, portadora de la cédula de identidad No. 15.523.213, en contra del Ciudadano ROMULO SEGUNDO PIRELA ABREU, portador de la cédula de identidad No. 8.505.916, en beneficio de los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.- Seguidamente se procedió a notificar del traslado y constitución del tribunal al ciudadano (a) ENDER GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad No. 7.839.153, quién se identifico con el carácter de: JEFE DE PERSONAL. Acto seguido esta juzgadora le informa al notificado que el tribunal de la causa decretó Medida Preventiva de Embargo sobre: A) El Treinta por ciento (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano ROMULO SEGUNDO PIRELA ABREU, portador de la cédula de identidad No. 8.505.916, quien labora como Sargento Mayor de Segunda del Ejercito, ubicado en la Concepción; B) El Treinta por ciento (30%) de utilidades, aguinaldos o bonificaciones especiales de fin de año; C) El Treinta por ciento (30%) de vacaciones o bonos vacacionales; D) El Cien por ciento (100%) sobre primas por hijos y útiles escolares; E) El Cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales e intereses, caja de ahorros, Fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano ROMULO SEGUNDO PIRELA ABREU, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral. De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo decretado por el tribunal comitente, EMBARGA PREVENTIVAMENTE LOS CONCEPTOS ANTES SEÑALADOS EN LO LITERALES A, B, C, D y E.- Seguidamente se le informa al notificado que las cantidades embargadas correspondientes a los literales A, B, C, D deberán ser entregadas directamente a la solicitante de autos ciudadana ISMERDA MARIA BRACHO VILLALOBOS, portadora de la cédula de identidad No. 15.523.213, y la cantidad embargada correspondiente al literal “E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL No. 3, EXPEDIENTE 16.626 de igual manera se le informa que las cantidades embargadas deberán ser retenidas a partir de este momento.. En este estado, el notificado expone: “ Me doy por notificado de la medida de Embargo practicada a reserva de verificar : PRIMERO: Si el demandado es o no efectivo de esta Dependencia Militar; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente; TERCERO: Sin perjuicio de los derechos y recursos que pueda alegar y ejercer al propio demandado.- Concluidas la actuaciones de rigor del acto que se practica, esta juzgadora ordena expedir copia de la presente acta a la persona notificada. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, tasa o emolumento alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 254 y 26, y Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes articulo 9. Terminó se leyó y conformes firman, concluyó el acto, siendo las 10 a.m..-
LA JUEZA


ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A)

LA SECRETARIA:


Abog. LINDA AVILA NUÑEZ.
ZC/pernia a
Comisión 4750-2010.
Expediente No. 16.626