REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISION 4744-10

En el día de hoy miércoles siete (7) de julio del año dos mil diez (2010), siendo las diez y veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, Oficina Maracaibo, ubicada en la avenida 4(Bella Vista) con calle 76, Edificio Venezolano de Crédito, Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio GIOVANNI JELAMBI PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.164.796, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 24.036, a objeto de darle cumplimiento a la medida de embargo preventivo decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02, con motivo del Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUNTENCIÓN, sigue la ciudadana YENNIRETH PAOLA COLL GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.285.744, en contra del ciudadano CARLOS NOVOA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad No. V-13.370.840. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana JOSMARY BEATRIZ MEDINA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.742.939, quien se identificó como GERENTE DE OFICINA de la agencia. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio GIOVANNI JELAMBI PAEZ, antes identificado, expuso: “Señalo para ser embargado preventivamente el veinte por ciento (20%), del saldo que posea la cuenta corriente No. 01040054650540022461, existente aquí en el Banco Venezolano de Crédito, perteneciente al demandado ciudadano CARLOS NOVOA ZAMBRANO”. Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada ciudadana JOSMARY BEATRIZ MEDINA HERNANDEZ, antes identificada, a informar a este Juzgado si existe en esta institución la cuenta corriente No. 01040054650540022461 y asimismo se ordena informe si la misma pertenece al ciudadano CARLOS NOVOA ZAMBRANO, y manifieste el saldo disponible en la misma para este momento. Acto seguido la notificada ciudadana JOSMARY BEATRIZ MEDINA HERNANDEZ, antes identificada, expuso: “Si existe en esta institución la cuenta corriente No. 01040054650540022461, perteneciente al ciudadano CARLOS NOVOA ZAMBRANO, y para este momento posee un saldo disponible de: CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 4.423,46)”. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el VEINTE POR CIENTO (20%), de las cantidades de dinero anteriormente indicadas, es decir, la cantidad de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 884,69), depositado en la cuenta corriente No. 01040054650540022461, perteneciente al ciudadano CARLOS NOVOA ZAMBRANO, ya identificado. Seguidamente el Tribunal ordena a la persona notificada ciudadana JOSMARY BEATRIZ MEDINA HERNANDEZ, antes identificada, a elaborar un cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02, EXP: 16.609, por el monto embargado preventivamente en este acto, el cual deberá ser remitido mediante cheque de gerencia, a la sede de dicho Tribunal, ubicado en la avenida 4 (Bella Vista), Edificio Arauca. Acto seguido la notificada, ciudadana JOSMARY BEATRIZ MEDINA HERNANDEZ, antes identificada, expuso: “Me doy por notificada de la medida ejecutada en este acto y desde ya impartiré ordenes para darle cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal”. Finalmente este Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Es todo, terminó se leyó y conformes firman, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), del día hoy.
LA JUEZ,


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
LA NOTIFICADA-GERENTE DE OFICINA EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA




EL SECRETARIO TEMPORAL



ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG