REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA N° 5003
En horas de Despacho del día de hoy veintiocho (28) de Julio de dos mil diez (2.010), siendo las diez y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en un inmueble ubicado en el campo Urdaneta, casa s/n, calle Páez, en la ciudad de Cabimas, en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, acompañado de la abogada en ejercicio, CELINA SANCHEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 9.190, respectivamente, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, a objeto de proceder a ejecutar la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido por NICO ANTONIO URDANETA FERRER, en contra del ciudadano JORGE NICOLAS MOLERO ROSILLLO Y OMER DARIO MATA ALCANTARA. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar, al ciudadano JORGE NICOLAS MOLERO ROSILLO, titular de la cedula de identidad N° V-5.716.601, parte codemandada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio BRENDA GUERRERO inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro, 122.427, expuso: A los fines de dar por terminado el presente proceso, ofrezco cancelarle a la parte demandante el monto adeudado, con los siguientes bienes:1) Un equipo de sonido compacto, marca UTECH, modelo: Doble deck; 2) Un juego de computación compuesto por un monitor AOC, serial CT7209, serial 685417172146, CPU sin serial visible, marca Intel incide, teclado marca géminis, serial N° ZM5939050850, Mouse genios N° 124084401270, con regulador de voltaje; 3) una lavadora marca Samsung, serial WA11D3, sin uso; 4) Una cava enfriadora de tres tapas, marca FRIGILUX; 5) Un televisor pantalla plana, sony modelo DL-37M3000, serial N° 4522059 de 42 pulgadas: 6) Un equipo de computación compuesto por un monitor HP, modelo HP l15065, serial CNC742Q3L6, CPU marca HP, MLX7500K4T, dos cornetas N° 2370, teclado marca HP, serial N° BC3370CVBUW6F7, Mousse HP N° FB7330AN3UZ11JJ, Impresora HP serial CN9B9B822Z; 7) Una nevera marca Samsung, serial 4U1H900653; 8) Un televisor marca Samsung, serial AM1D3CHQ700485M, modelo LN26A330J1XZP, de 32 pulgadas; 9) Un aire tipo split de 12000 btu, serial 123032J0240091161809; 10) Un juego de cuarto para niño, marca UTECH ILLUSIONS, contenido en seis cajas; 11) Un juego de cama matrimonial contenida en cuatro cajas; 12) Dos juegos de cama individuales contenidas en dos cajas marca UTECH; 13) Un capacitador marca Lanzar Vibepro 3.0, una planta sonimax 1200 watt u una planta 1.1 interfirre modelo A-1100.2, serial 071100016; 14)Un juego de cama matrimonial contenida en cuatro cajas y dos juegos individuales contenidos en dos cajas m arca UTECH; 15) Una barrillera marca perfect flame, con plancha, horno, sin serial; 16) Una cava de enfriamiento de dos tapas, marca Nor, serial 6123609, modelo T24ALAC; 17) Un televisor marca UTECH, UT 1411, contenida en dos cajas; 18) Fabricador de hielo marca Kitchen aid, serial N° 2208468; 19) Un microondas marca Sharp, serial N° 071808, 20) Una cafetera magic cheef, serial N° 6567901055; 21) una bicicleta montañera marca Renal, color azul y plata; 22) Una caja de herramientas marca stanley con un tacometro marca AUTO METER, serial N° AM04828224. En este estado presente la ciudadana BELKIS CAROLINA MOLERO CORONEL, titular de la cedula de identidad n° 15.552.611, asistida por la abogada BRENDA GUERRERO ya identificada, expuso. Por cuanto los bienes señalados con anterioridad no cubren la suma adeudada, ofrezco en este acto, como pago y así completar la deuda, un vehiculo de mi propiedad que presenta las siguientes características: Clase: camioneta; Marca: Toyota; Modelo: Previa; Año: 1992; Color: Vinotinto; Uso: Particular; Serial de Carrocería: JT34C11R5N10333516; Serial del motor: 5122; Placa: XTB051, el cual me pertenece según documento autenticado por ante la Notaria Publica Décima del municipio Libertador del distrito capital en fecha 04 de Noviembre de 2003, bajo el N° 90, tomo 57, de los libros respectivos y la Notaria Publica Segunda de Cabimas de fecha 12 de Enero de 2004, bajo el Nro 30, Tomo 1 de los Libros de Autenticaciones. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora antes identificada, expuso; En nombre de mi representado, acepto los bienes antes mencionados como pago de la deuda por la cantidad de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL BOLIVARES ( 143.000,00), que comprende: la deuda, los honorarios profesionales y costos y costas del juicio, y con este pago nada queda a deber el codemandado ya identificado, a mi representado, ni por este ni ningún otro concepto que pueda estar relacionado con esta obligación. En consecuencia en este acto la ciudadana BELKIS CAROLINA MOLERO CORONEL, ya identificada, le traspasa todos los derechos de propiedad, dominio y posesión que le asisten sobre la camioneta, respondiéndole de saneamiento conforme a la Ley y queda hecha la tradición legal, al ciudadano NICO URDANETA, que he dado en pago para cubrir la obligación adquirida por sus padres JORGE MOLERO Y OROMAIKA CORONEL DE MOLERO, es decir que de aquí en adelante esta acta sirve de documento de compraventa. En este estado presente la parte demandante, ciudadano NICO URDANETA, titular de la cedula de identidad N° 4.014.045, asistido por la abogada CELINA SANCHEZ, ya identificada, expuso: Recibo en este acto de la ciudadana BELKIS CAROLINA MOLERO CORONEL, el vehiculo anteriormente identificado, es decir acepto el mismo en pago por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES, y así mismo acepto en pago por el resto de lo adeudado mas honorarios y costas procesales, por lo cual los demandantes no quedan a deberme, ni por este ni por ningún otro concepto derivado de este juicio. EN este estado presente la ciudadana OROMAICA CORONEL DE MOLERO, titular de la cedula de identidad n° 5.178.488, asistida por la abogada BRENDA GUERRERO, expuso: Autorizo la dacion en pago hecha por mi cónyuge en este acto A En este estado la apoderada judicial de la parte demandante, ya identificad expuso: Solicito al tribunal se sirva expedirme copia certificada de la presente acta. En este estado presente la demandada, ya identificado expuso: Solicito al tribunal se sirva expedirme copia certificada de la presente acta