REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, doce de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : OP02-R-2010-000007

Vista el Acta levantada por este Juzgado en fecha Diecinueve (19) de Febrero del año en curso, referente al convenimiento de pago celebrado entre el ciudadano JOSE ANTONIO ZABALA PLAZA, debidamente representado por su apoderado judicial, abogado en ejercicio Marcelo Espinosa Cruz, parte actora, y por la parte demandada empresa ROCA INGENIEROS, C.A., representada por el ciudadano Pedro Luis Figueroa Zajia, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Antonio Vargas Pacheco, donde la parte accionada ofreció pagar al actor por concepto de pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, la cantidad de (Bs. 25.000,oo) en cinco cuotas por la cantidad de (Bs. 5.000,oo) cada una; así como la diligencia presentada por ambas partes en fecha 08-07-2010 donde consignan último pago acordado, solicitando la respectiva homologación y el archivo de la causa, evidenciándose de los autos que corren insertas diligencias en las cuales consta que el actor recibió a su entera satisfacción el pago convenido, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en razón de que el acuerdo no es contrario a Derecho y no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, imparte la respectiva HOMOLOGACION, dándole efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, y el artículo 10 y 11 de su Reglamento. En consecuencia se ordena la remisión del expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que ordene el archivo. Líbrese el oficio correspondiente.
LA JUEZA,


BETTYS LUNA AGUILERA.

LA SECRETARIA,

LECVIMAR GONZALEZ M.


En esta misma fecha (12-07-2010), se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.


LA SECRETARIA,


BLA/ljgm