REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, diecinueve de julio de dos mil diez
200º y 151º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000518
PARTE ACTORA: OSCAR MORALES, titular de la cédula de identidad: 7.755.307.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ENYOL TORRES, Inpreabogado: 140.501.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil AVÍCOLA DE OCCIDENTE (AVIDOCA)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RODRIGO JOSÉ MENDEZ, Inpreabogado: 25.316.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Revisada como ha sido la transacción presentada, el día 12 de julio de 2010, recibida por este Tribunal en fecha 14 del mismo mes y año, suscrita por el ciudadano OSCAR MORALES, titular de la cédula de identidad: 7.755.307, asistido por el abogado en : ENYOL TORRES, Inpreabogado: 140.501; por una parte, y por la otra el abogado en ejercicio RODRIGO JOSÉ MENDEZ, Inpreabogado: 25.316, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil AVÍCOLA DE OCCIDENTE (AVIDOCA); todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada; declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Se ordena agregar al expediente las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar; asimismo, se ordena expedir copias certificadas solicitadas por las partes en acta de transacción. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.



Abog. Joselyn Urdaneta.