PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, doce de julio de dos mil diez
200º y 151º
EXTINCION DEL PROCESO.

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000172
PARTE ACTORA: ISAIAS ROJANO CERA, titular de la cédula de identidad: V-22.120.725.
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA ESCUADRON DELTA XXI RS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy doce (12) de julio de 2010; siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, por cuanto no estuvieron presentes ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 y el 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicable en este caso por analogía; este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO; ordenando que una vez firme la presente decisión, se archive definitivamente el expediente. Así mismo, se ordena agregar al expediente, las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ,

Mgs.. Judith del Carmen Castro.
La Secretaria
Abog. Joselyn Urdaneta.