REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Veintidós (22) de Julio de Dos Mil Díez
200º y 151º

ASUNTO : VP01-L-2010-001373

Vista la diligencia presentada por el Ciudadano ALEXIS ENRIQUE AMESTY VERGER, parte actora en el presente juicio, asistidos por la Abogada en ejercicio DORTI COLINA YEPEZ ambos identificados en dicha diligencia; y por medio del cual Desiste del procedimiento; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación de volunta de manera libre y espontánea, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento solicitado, por lo que se imparte su aprobación, pasándolo en autoridad de cosa juzgada y declarando terminado el presente juicio, que por cobro de prestaciones Sociales sigue el antes mencionado ciudadano en contra de la Sociedad Mercantil AJEVEN, C A., anteriormente denominada INDUSTRIAS AÑAÑOS DE VENEZUELA, C.A., ordenándose el archivo del expediente.-
El Juez.
Abog. Alfredo García López
La Secretaria.
Aboga. Yasmely Borrego