ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000544
PARTE ACTORA: JOSÉ ANTONIO LEAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ENYOL TORRES
PARTE DEMANDADA: AVÍCOLA DE OCCIDENTE (AVIDOCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RODRIGO JOSE MENDEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, doce (12) de Julio de 2010, siendo las 10:25 AM, comparecen el abogado ENYOL TORRES, en representación del ciudadano JOSÉ ANTONIO LEAL y el abogado RODRIGO JOSÉ MENDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AVÍCOLA DE OCCIDENTE (AVIDOCA), quienes solicitan al tribunal se celebre la Audiencia Preliminar, siendo acordado lo solicitado por las partes por lo que se da inicio a la audiencia, llegando las partes al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en cuatro (04) folios útiles, escrito contentivo de la transacción, mediante el cual ofrece cancelar al ciudadano RODRIGO JOSE MENDEZ, la cantidad de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON 88/100 CENTIMOS (Bs. 1.279,88), pago este que se realiza mediante cheque No. 92156493, girado contra la sociedad financiera el Banco Mercantil, a favor del ciudadano JOSÉ ANTONIO LEAL.
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que en este mismo acto fueron entregadas las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar. Se ordena el archivo definitivo del expediente y su remisión al archivo judicial. Así se decide.
La Juez.
Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria
Los Presentes.
Abg. Yasmira Galue.
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