ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-000947
PARTE ACTORA: HUGO GONZÁLEZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: PAOLA FEIJOO ROMERO
PARTE DEMANDADA: AUTO EXPRESS-TRANSPORTE Y SERVICIO S.A.,
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Fernando Añez
MOTIVO: Prestación de Antigüedad y otros Conceptos laborales.

En el día hábil de hoy,2 de Julio de 2010, siendo las 2:11 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos HUGO GONZÁLEZ y AUTO EXPRESS-TRANSPORTE Y SERVICIO S.A., en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cincuenta mil Bolívares fuertes (Bs.F. 50.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera MERCANTIL Banco Universal signado bajo el numero: 64881486 por el mismo monto, del cual se deja copia simple para ser agregada al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes consignan escrito de acuerdo el cual se ordena agregar al expediente. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes