ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001179
PARTE ACTORA: JAVIER NAVA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NORA BRACHO
PARTE DEMANDADA: CYBERNETIX SERVICIOS VENEZUELA C.A.
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Liris Soto e Ivonne Matos
MOTIVO: Prestación de Antigüedad y Otros Conceptos Laborales.
En el día hábil de hoy,14 de Julio de 2010, siendo las 3:06 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JAVIER NAVA y CYBERNETIX SERVICIOS VENEZUELA C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ocho mil ochocientos Bolívares fuertes (Bs.F. 8.800,00) para satisfacer así los conceptos laborales reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador de la siguiente manera: el día viernes 30 de Julio de 2010 la cantidad de cuatro mil cuatrocientos Bolívares fuertes (Bs.F. 4.400,00) y para el día viernes 13 de Agosto de 2010 la cantidad de cuatro mil cuatrocientos Bolívares fuertes (Bs.F. 4.400,00) para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado la apoderada actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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