REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (15) de Julio del Dos Mil Diez (2010)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002434
PARTE ACTORA: JORGE ANTONIO PEREA AÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS FEREIRA
PARTE DEMANDADA: E&P INSTALACIONES, C.A y COCA COLA FEMSA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DYANIRA BRAVO Y EUGENIA BRICEÑO, AILIE VILORIA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 15 de Julio de 2010, siendo las 3:00 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar comparece el ciudadano JORGE ANTONIO PEREA AÑEZ asistido en este acto por el abogado LUIS FEREIRA y las abogadas DYANIRA BRAVO Y EUGENIA BRICEÑO, AILIE VILORIA actuando en su condición de apoderadas judiciales de las sociedades mercantiles E&P INSTALACIONES, C.A y COCA COLA FEMSA, C.A, dándose inicio a la Prolongación de la audiencia preliminar en la cual las partes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en 7 folios agregándose a las actas que conforman el presente asunto, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes, se proveen las copias certificadas solicitadas y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes