REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 18 DE FEBRERO DE 2010
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN DEFINITIVA DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
016-10
En el día de hoy, Jueves Dieciocho (18) de Febrero del año Dos Mil Diez (2010), siendo las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 a.m.), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las parte y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos, en conformidad con lo establecido en el artículo 164 del código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada con el Nº 7M-223-10, seguida en contra de la acusada YANETH JOSEFINA BERNAL AÑEZ, por su presunta participación como COMPLICE NECESARIA EN LA EJECUCION DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° en concordancia con el artículo 84 ordinal 3° del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana YARLEXIS ANDREINA RENGIFO ALVAREZ. Se constituyó el DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN RINCÓN, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria de Sala ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia de la Fiscal 35° del Ministerio Público, ABOG. AURA DELIA GONZALEZ, y el ABOG. EVERALDO MORAN., se deja constancia que la acusada YANETH JOSEFINA BERNAL AÑEZ, para el momento de levantar la presente acta no había sido trasladada desde el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite. Asimismo se deja constancia que no se presentó ninguno de los convocados por Participación Ciudadana. Ahora bien, en virtud de que las partes observan que se han realizado en la presente causa dos (2) convocatorias infructuosas, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, por inasistencia de participación ciudadana, en tal sentido, se procede a conceder la palabra al Defensor Privado ABOG. EVERALDO MORAN, quien expone: “Ciudadano Juez, en atención a la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, vista las dos convocatorias anteriores, sin que se haya constituido el Tribunal Mixto, esta Defensa solicita en nombre de mi defendida se constituya el Tribunal Unipersonal, y se fije el Juicio Oral y Publico, es todo”. Asimismo presente como se encuentra la Fiscal 35° del Ministerio Público, expuso: “El Ministerio Público esta de acuerdo en que se constituya el Tribunal Unipersonal, y que se fije el Juicio Oral y Público, es todo”. Vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público vista la solicitud de las partes, para el día JUEVES ONCE (11) DE MARZO DE 2.010, A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA (11:00 a.m.). Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Quedan las partes notificadas. Se ordena el traslado del acusado. Concluyó el acto siendo las doce del mediodía (12:00 m). Se registra la presente decisión bajo el N° 016-10. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,
DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN
LA FISCAL 35° DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABOG. AURA DELIA GONZALEZ
EL DEFENSOR PRIVADO
ABOG. EVERALDO MORAN
LA SECRETARIA,
ABOG. KEILY CRISTARI SCANDELA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente acta
LA SECRETARIA
Causa No. 7M-223-10
JER/Ks.-