Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al acusado RONALD SANTOS GARCIA JIMENEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana Jelinett Dairett Bustamante Solarte, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 y 34 del Código Penal. Se elaboró la respectiva compulsa de archivo, de la presente decisión. La publicación de la sentencia se efectuará dentro del término establecido conforme a lo previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Concluyó el acto siendo las Doce (12:00) del mediodía. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades exigidas por ley, para la realización de la presente Audiencia, quedando Notificadas las partes de la presente decisión. Se acuerda la remisión oportunamente del presente asunto al Juzgado de Ejecución competente que le corresponda conocer por distribución. Regístrese la presente decisión en el libro de audiencias preliminares bajo el Nº 137-10, asimismo se acuerda el traslado del mencionado acusado desde el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas el Marite hasta la Cárcel Nacional de Maracaibo bajo el N° 543-10. Es Terminó, se leyó y conformes firman.