REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
SECCIÓN DE ADOLESCENTES
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 10 de Febrero de 2010
199° y 150°

ACTA DE AUDIENCIA ORAL y RESERVADA
MOTIVO DEL ACTO: LECTURA DE CÓMPUTO DE LA SANCION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD

RESOLUCIÓN N° 071-10 CAUSA N° 1E-1849-09

En el día de hoy, Miércoles Diez (10) de Febrero de Dos Mil Diez (2010), siendo las Diez (10:00AM) de la Mañana, previa espera de la comparecencia de las partes, a fin de proceder de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la presente causa signada con el Nº 1E-1849-09, seguida en contra de la adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) , por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 34 DE LA Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas adolescentes, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. En tal sentido, constituido como se encuentra este Tribunal presidido por la Juez MGS. NORMA CARDOZO PEREZ, conjuntamente con la Secretaria ABOG. MARIA AÑEZ ATENCIO, quién al verificar la presencia de la partes, constató que se encuentran presentes el Fiscal Trigésimo Primero Auxiliar Especializado del Ministerio Público Abog. FREDDY OCHOA PERALTA, la Adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), acompañada de su representante legal ciudadana (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), y la Defensora Privada Abog. NANCY LABARCA. De seguida, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de la sanción aplicada a la adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), ESTADO ZULIA. Este tribunal procede a dar la Lectura de Computo de la Sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, establecida en el articulo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de Tres (03) Meses, las cuales deberá cumplir a partir del día de hoy 10-02-2010 con fecha de culminación para el día 10-05-2010. Seguidamente se le cede la palabra a la Defensora Privada Abog. NANCY LABARCA, quien expuso: “En este acto manifiesto estar conforme con la lectura de computo y con la decisión dictada por este tribunal, de igual manera informo que la adolescente cumplirá la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD en la iglesia MARIA AUXILIADORA, ubicada en la Vía Principal de Santa Cruz de Mara, Frente a la Plaza Santa Cruz. Municipio Mara del Estado Zulia, por lo que solicito se oficie a dicha Iglesia, a los fines de comunicarle el cumplimiento de la sanción impuesta, así mismo solicito que designe a la ciudadana (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD Art.545 LOPNNA) (representante) como correo especial por cuanto la adolescente no recuerda la Dirección exacta de la mencionada Iglesia, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la adolescente sancionada (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), de conformidad con el Artículo 49 Ordinal 5 de la Constitución Nacional y 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien expuso: “Estoy conforme con la Lectura del Cómputo, es todo”. Seguidamente se le cede la palabra al Fiscal Trigésimo Primero Auxiliar Especializado del Ministerio Público Abog. FREDDY OCHOA PERALTA, quien expuso: “Esta representación Fiscal, esta conforme con la lectura de cómputo realizada por este Tribunal y con la decisión dictada por este tribunal y se le fije una fecha para la Audiencia Oral y Reservada a la adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), a los fines del verificar el cumplimiento o no de la sanción impuesta, es todo”. En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE EJECUCIÒN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: PRIMERO: Vista la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante Sentencia Nº 77-09, de fecha 18-11-2009, a través de la cual declaró la responsabilidad penal de la adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), ESTADO ZULIA, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 34 DE LA Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas adolescentes, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, imponiéndole la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, con un lapso de cumplimiento de TRES (03) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y en tal sentido la mocionada adolescente deberá cumplir la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD aplicada por el plazo de TRES (03) MESES, que comenzara a cumplir a partir del día de hoy 10-02-2010 con fecha de culminación para el día 10-05-2010. SEGUNDO: Se acuerda convocar a una Audiencia Oral y Reservada para el día LUNES DIEZ (10) DE MAYO DE 2010, A LAS NUEVE (09:00) DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión del cumplimiento de la sanción impuesta, de conformidad con lo establecido en el Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se acuerda oficiar al Párroco de la Iglesia Maria Auxiliadora a los fines de informarles acerca del cumplimiento de la sanción aplicada al adolescente de autos, designado a la ciudadana (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA) como correo especial, mediante oficio Nº 518-10, Se deja constancia que todas las partes intervinieron en el acto oral, manifestando su conformidad con el desarrollo del acto y con la resolución adoptada quedando la misma registrada bajo el No. 071-10 Terminó, se leyó y conformes firman. Culmino la presente audiencia siendo las 10:30 de la mañana.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
MGS. NORMA CARDOZO PEREZ.

FISCAL 31 AUXILIAR ESPECIALIZADO DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. FREDDY OCHOA PERALTA.

DEFENSA PRIVADA
ABOG. NANCY LABARCA.
ADOLECENTE SANCIONADA.

(SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA)

REPRESENTANTE LEGAL.
(SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA).

LA SECRETARIA,
ABG MARIA AÑEZ ATENCIO.

CAUSA No. 1E-1849-09
NCP/mlb