En horas de despacho del día hoy MIERCOLES 17 DE FEBRERO DE 2010, siendo LAS 10:40 AM, fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión Nº 4485-10 conferida por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 02, relacionada con el Juicio que por OBLIGACION DE MANUTENCION sigue NEREIDA MELENDEZ contra WILLIAM JESUS TIGRERA, titular de la Cédula de Identidad Número V-9.713.239 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar medida de EMBARGO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de TRANSPORTE LA FE, Maracaibo, Estado Zulia, se procedió a notificar a YOSELINE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.286.277, con el carácter de SECRETARIA y quién una vez impuesto de la medida de Embargo recaída en contra de WILLIAM JESUS TIGRERA como Jefe de Operaciones de esa empresa, expuso “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano WILLIAM JESUS TIGRERA, parte demandada, es trabajador al servicio de esta Empresa.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de Transporte la Fe.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE: A) LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 694,oo) del Sueldo que devenga el demandado como JEFE DE OPERACIONES EN LA EMPRESA TRANSPORTE LA FE.- B) LA CANTIDAD DE QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo) para la época de Navidad y fin de año.- C) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) de Prestaciones Sociales, Caja De Ahorros, Fideicomiso Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” Y “C” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, Ciudadana NEREIDA MELENDEZ C.I. Nº V-9.713.239 o remitirlas al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02 EXP. N° 143720, en Cheque de gerencia a nombre del mismo Tribunal.. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO :
LA SECRETARIA :
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