REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 4625-10

En el día de hoy miércoles veinticuatro (24) de febrero de dos mil diez (2010), siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble constituido por una casa, ubicada en el Barrio Las María, avenida 63 con calle 95D, con nomenclatura municipal no visible No. 95C-1-38, sector San Miguel, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio NERIO LEAL, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 5.060.563, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.091, a objeto de darle cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del JUZGADO DECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (RECONOCIMIENTO DE FIRMA) sigue el ciudadano CARLOS EDUARDO CABRILES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.150.699 en contra de las ciudadanas YENNYS OLIVEROS RODRIGUEZ, GINA OLIVEROS RODRIGUEZ, SELENE OLIVEROS RODRIGUEZ Y CILA OLIVEROS RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad Nos. 7.758.472, 6.830.965, 9.773.371 y 7.624.344 respectivamente. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana MARIA MELINA FREILES COHEN, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-9.772.343, quien manifestó estar ocupando el referido inmueble, a quién este Tribunal le informó que podía comunicarse con un abogado de su confianza. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio NERIO LEAL, antes identificado, expuso: “Solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas cumpla con la ejecución del presente mandamiento, y en consecuencia pido que en nombre de mi representado CARLOS EDUARDO CABRILES, antes identificado, me haga formal entrega del inmueble objeto de la presente medida”. Seguidamente el Tribunal procede a designar como Práctico al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO URRIBARRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal con el asesoramiento del práctico designado en este acto procede a identificar el inmueble objeto de la presente medida: Tratase de un inmueble conformado por una casa ubicada en el Barrio Las María, avenida 63, con calle 95D, con nomenclatura municipal no visible No. 95C-1-38, sector San Miguel, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; dicho inmueble se encuentra construido con paredes de bloques frisados y pintados, techos parte de platabandas y partes en laminas de zinc y cielo raso, pisos en baldosas de cerámica, caico y cemento rustico, puerta principal en madera con protección metálica y cerradura de seguridad, ventanas en metal, vidrio y protección metálica; el inmueble se encuentra cercado con paredes de bloques y su frente con bloques, pérgolas y portones metálicos, consta de las siguientes dependencias: Porche de entrada, sala, comedor, cocina, lavadero, tres (03) habitaciones, dos (2) de ellas con closet, tres (03) salas sanitarias, y cuyas medidas y linderos son las siguientes: NORTE: Propiedad o posesión que es o fue de Betulia Ferrer y Olga Ferrer, y mide veinte metros (20 mts); SUR: Vía pública o calle 95D, y mide diecinueve con veinte metros (19,20 mts); ESTE: Vía publica o avenida 63 y mide dieciséis con ochenta metros (16,80 mts); OESTE: Propiedad o posesión que es o fue de María Freiles, y mide dieciséis con ochenta metros (16,80 mts), construida sobre una superficie de Trescientos Veintinueve con diecinueve metros cuadrados (329,19 mts), la zona cuenta con todos los servicios públicos, todo se encuentra en regulares condiciones de habitabilidad. En este estado hacen acto de presencia a los fines de asistir a la notificada ciudadana MARIA MELINA FREILES COHEN, antes identificada, los abogados ELSA MARINA LUZARDO SILVA, TISTA DEL CARMEN GOMEZ ROMERO y ALEJANDRO RIOS, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.338, 48.435 y 138.371 respectivamente. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente mandamiento de ejecución, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, HACE FORMAL ENTREGA, del inmueble ubicado en el Barrio Las María, avenida 63, con calle 95D, con nomenclatura municipal no visible No. 95C-1-38, sector San Miguel, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y cuyas medidas y linderos son las siguientes: NORTE: Propiedad o posesión que es o fue de Betulia Ferrer y Olga Ferrer, y mide veinte metros (20 mts); SUR: Vía pública o calle 95D, y mide diecinueve con veinte metros (19,20 mts); ESTE: Vía publica o avenida 63 y mide dieciséis con ochenta metros (16,80 mts); OESTE: Propiedad o posesión que es o fue de María Freiles, y mide dieciséis con ochenta metros (16,80 mts), construida sobre una superficie de Trescientos Veintinueve con diecinueve metros cuadrados (329,19 mts), a la parte actora ciudadano CARLOS EDUARDO CABRILES, identificado ut-supra, representado en este acto por su apoderado judicial abogado en ejercicio NERIO LEAL, antes identificado, quien declara recibirlo en este acto libre de bienes y de personas y en las condiciones arribas señaladas. El Tribunal deja expresa constancia de que la notificada, ciudadana MARIA MELINA FREILES COHEN, ya identificada, retiró los bienes muebles que se encontraban en el inmueble, con la colaboración del personal y transporte suministrado por la parte ejecutante. Finalmente el Tribunal deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las cuatro de la tarde (4:00 p.m.), del día de hoy.
LA JUEZ


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

LA NOTIFICADA Y SUS ABOGADOS ASISTENTES



EL PRÁCTICO


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA EL SECRETARIO TEMPORAL


ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG