REPUBLICA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISIÓN: 4605-10

En el día de hoy jueves dieciocho (18) de febrero de dos mil diez (2010), siendo las nueve y diez de la mañana (9:10 a.m.) de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte, se trasladó y constituyo este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, sobre una zona de terreno, donde se encuentra la escalera de acceso a la vivienda de la parte actora ciudadana ANA MARGARITA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-1.654.830, signada con nomenclatura municipal visible Nro. 100-198, la cual se encuentra construida sobre la casa Nro. 100-196, ubicado en el Sector Santa Clara, avenida 21A, Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio JUAN PARRA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 10.296, a objeto de llevar a efecto la ejecución del AMPARO A LA POSESION decretado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo de la QUERELLA INTERDICTAL POR PERTURBACIÓN EN LA POSESION, seguida por la ciudadana ANA MARGARITA ZAMBRANO, identificada ut-supra, en contra de los ciudadanos AURA VIOLETA CONCHO DE ORTEGA y OLINTO ANTONIO ORTEGA, ambos venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana ANA MARGARITA ZAMBRANO, antes identificada, quien es parte querellante en el presente juicio. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Práctico Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Seguidamente el apoderado judicial de la parte actora abogado JUAN PARRA DUARTE, antes identificado, expuso: “Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas ejecute el decreto de AMPARO A LA POSESION EJERCIDA POR LA QUERELLANTE, sobre el inmueble donde esta constituido el Tribunal”. En este estado el Tribunal con el asesoramiento del perito designado procede a identificar la zona de acceso a la vivienda de la parte actora ciudadana ANA MARGARITA ZAMBRANO, antes identificada, objeto de la presente medida: “Trátese de un pasillo construido en concreto armado y revestido con piedra canto rodado, que da acceso a la entrada principal de la vivienda signada con la nomenclatura municipal visible Nro. 100-198, la cual se encuentra construida sobre la casa Nro. 100-196, ubicado en el Sector Santa Clara, avenida 21A, Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Estado Zulia,”. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente despacho, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente AMAPARADA EN LA POSESION a la ciudadana ANA MARGARITA ZAMBRANO RINCON, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. V-1.654.830, sobre una zona de terreno, donde se encuentra la escalera de acceso a la vivienda de la parte actora ciudadana ANA MARGARITA ZAMBRANO, identificada ut-retro, signada con nomenclatura municipal visible Nro. 100-198, la cual se encuentra construida sobre la casa Nro. 100-196, ubicado en el Sector Santa Clara, avenida 21A, Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Estado Zulia; y cuyos linderos son: NORTE: Con propiedad que es o fue de JOSE ANTONIO RINCON HERNANDEZ; SUR: Con la casa marcada con el Nro. 100-196; ESTE: Con su frente y OESTE: Terreno en el cual se encuentra construida la casa marcada con el Nro. 100-196. Este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a fijar en las puertas del inmueble, donde se encuentra constituido, la presente acta de ejecución de Amparo en la Posesión, dictada a favor de la Querellante ANA MARGARITA ZAMBRANO, antes identificada. Asimismo éste Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las nueve y cincuenta minutos de la mañana (9:50 a.m.) del día de hoy.
LA JUEZ

Dra. MARTHA ELENA QUIVERA

LA NOTIFICADA EL APODERADO JUDICIAL
PARTE ACTORA DE LA PARTE ACTORA


EL PRÁCTICO EL SECRETARIO TEMPORAL

ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG