REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4922

En el día de hoy ocho (08) de Febrero de 2.010, siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa TRANSERMACA ubicada en Lagunillas, municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO Nº 2, JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana MAGALY JOSEFINA DOMINGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.400.264, en contra del ciudadano HECTOR ATILIO TERAN PAREDES, titular de la cédula de identidad N° V-10.403.193. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la mencionada sede procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano IDES ALBERTO MARIN PRIETO, titular de la cédula de identidad Nº 5.803.258, en su condición de Coordinador de Relaciones Laborales de la empresa. En este estado presente la ciudadana MAGALY JOSEFINA DOMINGUEZ, antes identificada, asistida en este acto por la Defensora Pública Tercera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Extensión Cabimas, abogada DAYNUS ROJAS MENDOZA, expuso: pido al Tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.