REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen y el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, cuatro (04) de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2009-002622
Revisada como ha sido el acta transaccional de fecha veintisiete (27) de Enero de 2010, la cual se da por reproducida en esta acta, donde comparecieron la ciudadana CINTHIA ACOSTA, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad número V.14.896.603, asistida por la abogada en ejercicio MARIA RENDÓN, inscrita en el inpreabogado bajo el número 103.094 en su carácter parte actora y, el ciudadano MARCOS TERÁN, quien es venezolano, mayor de edad, representante legal de la empresa demandada UNIDAD EDUCATIVA ISAAC NEWTON, debidamente asistido en este acto por la ciudadana CARLA CARDOZA, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 137.011, donde las partes, de mutuo acuerdo han convenido en celebrar una transacción, con el fin de dar por terminada la presente causa, por cuanto es beneficioso para ambos, conviene en que la Sociedad Mercantil UNIDAD EDUCATIVA ISAAC NEWTON, le cancele a la ciudadana CINTHIA ACOSTA, la cantidad de MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.1.300,00), en el acto en dinero en efectivo el cual fue entregado a la ciudadana CINTHIA ACOSTA, en sus manos; el cual fue verificado por la ciudadana Secretaria de este Juzgado MARILU DEVIS, cubriendo así el monto total de lo establecido en la presente transacción. Este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente. Expídase copias certificadas a las partes.

LA JUEZ

ABG. ANA ÁVILA.
LA SECRETARIA.
ABG. MARILU DEVIS