REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 24 de Febrero de 2010
199° y 150°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2009-001490
DEMANDANTE: ANGEL RAFAEL COA PALMA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGDO. JUAN ITRIAGO, RAMON MEDINA Y OTROS
PARTE DEMANDADA: RICARDO MARBAL
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ABGDO. WILMER ALEXIS GUTIERREZ RANGEL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy miércoles veinticuatro (24) de Febrero de 2010, siendo las 8:15 AM., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, le tiene incoado el ciudadano: ANGEL RAFAEL COA PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.339.894, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia los bogados en ejercicio, RAFAEL MOTA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.322, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y a su vez, KESLER OCHOA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.310, asistiendo en este acto al ciudadano RICARDO MARBAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.684.655, en su condición de parte demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado el demandado ciudadano RICARDO MARBAL y su abogado asistente ofrecen pagarle al extrabajador la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 5.618.20), como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para ser pagados el día miércoles 10 de Marzo de 2010, lo cual hará la demandada mediante la consignación, de cheque de Gerencia , a nombre del extrabajador ciudadano ANGEL RAFAEL COA PALMA, parte demandante en la presente causa, ya identificado, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), para ser retirados por el mismo. Oferta esta que es aceptada por el accionante y su apoderado judicial, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el cumplimiento de lo aquí acordado. Cúmplase. Se deja constancia que las pruebas consignadas por las partes en la apertura de la Audiencia Preliminar, les fueron entregadas, en este mismo acto.
Siendo las 9:10 AM. Se dio por terminado la presente audiencia
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA
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