REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 17 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-C-2009-000059
ASUNTO : NP01-C-2009-000059
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en relación a la solicitud procedente del Internado Judicial de este Estado suscrita por el Abg. ISMAEL CANELON ZAPATA, en su condición de Director del Internado Judicial del Estado Monagas mediante la cual requiere a este tribunal se sirva Autorizar al interno: EUFREDIS ESPINOZA BASTARDO, titular de la Cedula de identidad numero 15.335. 658, para que realice labores de ordenanza llevando las encomiendas de los internos de la población del área de Pabellones hasta el portón principal. En consecuencia esta instancia pasa a decidir en los siguientes términos:
UNICO
Vista la solicitud que antecede, suscrita por el Abg. ISMAEL CANELON ZAPATA, quien funge como Director del Internado Judicial de esta Entidad Federal; y como quiera que de la revisión dispensada de las presentes actuaciones observa quien aquí decide que no consta en las actuaciones que el penado: EUFREDIS ESPINOZA BASTARDO, titular de la Cedula de identidad numero 15.335. 658 haya incurrido en actos de violencia, indisciplina, etc. en el interior del reclusorio; considera esta instancia procedente AUTORIZAR al penado EUFREDIS ESPINOZA BASTARDO, titular de la Cedula de identidad numero 15.335. 658, llevando las encomiendas de los internos de la población del área de Pabellones hasta el portón principal, con las previsiones y seguridades del caso.
Por otro lado por cuanto de la revisión de las actuaciones se observa que el aludido penado tiene el tiempo cumplido para la procedencia de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, Destacamento de Trabajo, se acuerda oficiar al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, solicitándole información sobre el estado actual del asunto, y sobre la procedencia o no de Beneficio . Y así se decide.
Dispositiva
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley acuerda AUTORIZAR al penado: EUFREDIS ESPINOZA BASTARDO, titular de la Cedula de identidad numero 15.335. 658, para que realice labores de ordenanza en el internado judicial, con las previsiones y seguridades del caso.
Por otro lado por cuanto de la revisión de las actuaciones se observa que el aludido penado tiene el tiempo cumplido para la procedencia de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, Destacamento de Trabajo, se acuerda oficiar al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, solicitándole información sobre el estado actual del asunto, y sobre la procedencia o no de Beneficio Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG MIRLA ELIZABETH ABANERO DE VIVAS
LA SECRETARIA
ABG