REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 26 de febrero de dos mil diez
199º y 151º
ACTA DE HOMOLOGACIÓN
ASUNTO : VP01-L-2009-002555
PARTE ACTORA: GUILLERMO FINOL, titular de la cédula de identidad: 5.721.585.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EVELIN GUERRA, Inpreabogado: 126.733
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD S.A. VESESA S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROQUE ARISPE, Inpreabogado: 98.652.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 26 de febrero de 2010, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos GUILLERMO FINOL, titular de la cédula de identidad: 5.721.585, asistido por su apoderada judicial abogada EVELIN GUERRA, Inpreabogado: 126.733, como parte actora; y por la demandada VENEZOLANA DE SEGURIDAD S.A. VESESA S.A., su apoderado judicial abogado ROQUE ARISPE, Inpreabogado: 98.652, todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs. 2.850,87; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta, y con el objeto de ponerle fin a este proceso, por ello ambas partes, de total y mutuo acuerdo, han convenido la transacción de los conceptos reclamados en esta causa. El pago de lo transado se realizará en fecha jueves 04 de marzo del presente año, y por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral, a las diez de la mañana (10:00 a.m.); Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION , MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, homologue el presente arreglo. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith Castro de Mendoza Abog. Joselyn Urdaneta.
Las Partes.
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