ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002955
PARTE ACTORA: LISSETTE PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AURIMARY SALAS SANTOS Y HERNÁN FERNÁNDEZ LABARCA
PARTE DEMANDADA: GRUPO VENIFLUX, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GIKSA CLARET SALAS VILORIA
MOTIVO: CALIFICACIÓNDE DESPIDO

En el día hábil de hoy, Lunes Veintidós (22) de Febrero de 2010, siendo las Once y Quince minutos de la mañana (11_15am), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen las ciudadanas Abogadas AURIMARY SALAS SANTOS Y GIKSA CLARET SALAS VILORIA en su carácter de APODERADAS JUDICIALES de la parte actora y demandada respectivamente, debidamente identificadas en los instrumentos poderes otorgado por sus representados tal y como consta en actas, quienes una vez iniciada la presente audiencia en las partes deliberaron sobre la reclamación planteado conviniendo la Apoderada judicial de la parte demandada al reenganche a su puesto de trabajo a la parte accionante ciudadana LISSETTE PÉREZ, en las misma condiciones de trabajo que regía para el momento que finalizó la relación de trabajo, así mismo conviene en este acto al consecuente pago de los salarios caídos hasta la presente fecha por la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF=8.200) mediante cheque girado contra la entidad financiera BANESO Banca Universal, identificado con el N° 48571469 de la cuenta corriente 0134-0103-991033016170 y favor de la ciudadana antes mencionada todo según escrito que en un folio útil consigna en este acto para que sea agregado al expediente. En estado visto el reenganche a su puesto de trabajo propuesto por la apoderada judicial de la parte demandada, el mismo lo homologa e insta a la trabajadora a que se reincorpore de manera inmediata a su puesto de trabajo y que una vez que el mismo se meterialice se deje constancia de tal situación así como el recibo del pago de los salarios caídos. En este estado, vista que la mediación fue positiva, da por terminado el presente asunto y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento de la obligación asumida por la parte demandada. Se deja constancia de consignación para que se agregado al expediente de documento poder otorgado a la apoderad judicial de la demandada, constante de Cuatro (4) folios,


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García López Aboga: Yasmira Galue





Los Presentes