REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, cinco de febrero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2010-000084
Vista la diligencia que antecede presentada por la abogada YARELITZA BADELL ROJAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 137.006 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MIGUEL ANGEL CHIRINO VILLAVICENCIO, titular de la cédula de identidad No. 4.988.083, mediante la cual Desiste del Procedimiento; este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que tiene incoado el ciudadano MIGUEL ANGEL CHIRINO VIOLLAVICENCIO, en contra de la sociedad mercantil SOCIEDAD MERCANTIL COLECTIVOS PERIJA, , en consecuencia se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del mismo.-
La Juez
Abg. Marlene Rojas de Siu
La Secretaria
Abg. Yasmira Galue
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