ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001534
PARTE ACTORA: KENNY RAMIREZ, GLORIA TINEDO y REINALDO CORREA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RICARDO PORTILLO, RICARDO PORTILLO y RICARDO PORTILLO
PARTE DEMANDADA: COMERCIAL METRO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EULIO PAREDES.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, uno (1) de Febrero de 2010, siendo las 8:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos GLORIA TINEDO y REINALDO CORREA, asistido por el abogado RICHARD PORTILLO y el abogado EULIO PAREDES, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil COMERCIAL METRO, C.A., quienes han llegando al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en cuatro (04) folios útiles, escrito contentivo de la transacción, mediante el cual ofrecen cancelar a los ciudadanos GLORIA TINEDO y REINALDO CORREA la cantidad de OCHO MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.8.800,00), de la siguiente manera: la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.5.000,00), a la ciudadana GLORIA TINEDO y la cantidad TRES MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON 00/100 ( Bs. 3.800,00) al ciudadano REINALDO CORREA, pagos estos que se realizan en dinero en efectivo y de legal circulación en el país..
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que en este mismo acto fueron entregadas las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar. Se deja expresa constancia que la causa continuará con el ciudadano KENNY RAMIREZ, quien se encuentra presente, prolongándose la audiencia para el día 19 de febrero de 2010 a las 8:45 a.m de conformidad con el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.,Así se decide..
La Juez.

Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria
Los Presentes.
Abg. Yasmira Galue