ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001639
PARTE ACTORA: ERWIS GOMEZ y EDUIS GOMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YAMID GARCIA
PARTE DEMANDADA: ACABADO AUTOMOTRIZ LA CHRYSLER, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Raúl Tineo
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,23 de Febrero de 2010, siendo las 11:55 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ERWIS GOMEZ, EDUIS GOMEZ y ACABADO AUTOMOTRIZ LA CHRYSLER, C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cuarenta mil Bolívares fuertes (Bs.F. 40.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados a los ciudadanos demandantes, de la siguiente manera: en este acto la cantidad de ocho mil Bolívares fuertes ( Bs.F. 8.000,00) a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera B.0.D. Banco Occidental de Descuento por el mismo monto del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente, y la cantidad restante es decir treinta y dos mil Bolívares fuertes (Bs.f. 32.000,00) para ser cancelados asi: el día martes 30 de marzo la suma de diez mil seiscientos sesenta y seis Bolívares fuertes ( Bs.f. 10.666,00) para el día viernes 30 de Abril de 2010 la cantidad de diez mil seiscientos sesenta y seis Bolívares fuertes (Bs.f. 10.666,00) y para completar lo ofrecido el día miércoles 30 de Junio de 2010 la cantidad de diez mil seiscientos sesenta y seis (Bs.F. 10.666,00) todos los pagos serán por ante el tribunal a las 11:00 a.m.. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

El Secretario

Abog. Frank Guanipa





Los Presentes