ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001848
PARTE ACTORA: ANA CAROLINA ALBI VARELA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PAOLA FEIJOO ROMERO
PARTE DEMANDADA: ELECTROMOTORES CECILIO ACOSTA C.A (ELMOCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TAYDEE ROMERO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,4 de Febrero de 2010, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ANA CAROLINA ALBI VARELA asistida en este acto por la abogada PAOLA FEIJOO ROMERO y ELECTROMOTORES CECILIO ACOSTA C.A (ELMOCA) empresa esta representada por su apoderado judicial abogada TAYDEE ROMERO , quienes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en este acto en 4 folios agregándose a las actas que conforman el presente asunto la trabajadora manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.


El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes