ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002607
PARTE ACTORA: WILLIAN CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANA YAJAIRA RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: GUARDIANES MARA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALDO YEPES
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
En el día hábil de hoy 18 de Febrero de 2010, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia de Preliminar, presente el abogado ALDO YEPES actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil GUARDIANES MARA C.A, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación ,Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMINTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes