REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas
Cabimas, 20 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2008-008705
ASUNTO : VP11-P-2008-008705


RESOLUCION No. 1J-14-10

Por cuanto se llevo a cabo el Acto de Constitución del Tribunal en la causa penal, signada con el Nº. VP11-P-2008-008705, seguida en contra del acusado SAUL WILD GONZALEZ FERRER, del presuntamente incursos en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO ejecutado en perjuicio del ciudadano NEOMAR OMAR GONZALEZ y EL ESTADO VENEZOLANO todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, se resolvió en los siguientes términos:

En el día de hoy, jueves, veinte (20) de enero del año 2010, siendo nueve y cincuenta y cinco de la mañana (9:55 am), día fijado para realizar la audiencia y resolver sobre causales de Excusas Recusaciones o Inhibiciones que se pudieran realizar en el presente asunto seguido en contra del acusado SAUL WILD GONZALEZ FERRER, del presuntamente incursos en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO ejecutado en perjuicio del Ciudadano NEOMAR OMAR GONZALEZ y EL ESTADO VENEZOLANO. Acto seguido se constituye el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, encontrándose presente la Juez Abg. YOLEYDA MONTILLA y la Secretaria Abg. YORLENY ORTIZ MARIN, verificándose la presencia de las partes, quines han sido legalmente notificadas; observando la presencia de las partes: el acusado SAUL WILD GONZALEZ FERRER, previo traslado del Reten Policial de Cabimas, la Fiscal 19° del Ministerio Público Abogada YENNYS DIAZ, inasistente el Abogado DARIO GOMEZ, asI como los familiares de la victima NEOMAR OMAR GONZALEZ. De los ciudadanos Escabinos solo compareció los ciudadanos SIMON ALFIERY VELAZQUEZ y MILAGROS OLLARVES. Se deja constancia que no se le impone al acusado el procedimiento especial por Admisión de los hechos establecidos en el Artículo 376 del vigente Código Orgánico Procesal, toda vez que no compareció su defensa, los mismo serán impuesto de ese derecho como punto previo antes la Apertura del Juicio Oral y Publico. Ahora bien no existe suficiente quórum por lo que se deja constancia que se realizó en esta causa habiéndose diferido el acto de constitución por falta de quórum de escabinos los días 22 de mayo del año 2009; 05 de agosto del año 2009; 16 de octubre del año 2009; 06 de noviembre del año 2009; 20 de noviembre del año 2009; y en el día de hoy, realizándose sorteo ordinario en fechas 22 de mayo del año 2009; y sorteo extraordinario los días 16 de octubre del año 2009; 06 de noviembre del año 2009 y 30 de noviembre del año 2009; por lo que habiendo agotado la convocatoria efectiva de las participación Ciudadana sin que hubiere comparecido la cuota suficiente para que se pudiera depurar el Tribunal Mixto, es por lo que este Tribunal con apego a lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA CONSTITUIR EL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL, y en consecuencia, el Tribunal fija el juicio oral y publico para el día 10 de febrero del año 2010, a las nueve de la mañana (9:00 am)

Sobre este particular, es importante señalar lo que al respecto señala el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal:
“Articulo. 164. Constitución del Tribunal. El día señalado se realizará la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y constituya definitivamente el tribunal ixto.
Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuarán como Escabinos o Escabinas deberán constar oportunamente en autos.
En caso que hubiere que diferir la audiencia, ésta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.
Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal.
La audiencia no se suspenderá por inasistencia de alguna de las partes.
Constituido el tribunal mixto, se fijará fecha del juicio oral y público.” (Comillas, negrillas y subrayado del Tribunal)

De acuerdo a la citada disposición procesal realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal, de manera, que tomando en cuenta que en este asunto de han realizado efectivamente dos convocatorias a la Participación Ciudadana, sin que hayan comparecido el quórum suficiente, a pesar de haber sido efectivamente notificados, la consecuencia jurídica ajustada es a los efectos de imprimir celeridad procesal al proceso, aunado a que con ello se genera economía procesal, por lo que este TRIBUNAL DECLARA CONSTITUIR ESTE TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL en la causa signada con el Nº VP11-P-2008-008705, seguida al acusado SAUL WILD GONZALEZ FERRER, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día 10 de febrero del año 2010, a las nueve de la mañana (9:00 am), por lo que se ordenó lo pertinente en cuanto a la notificación de los ausentes al acto y a librar boletas de citación a todos a los testigos y/o expertos de acuerdo al auto de apertura a juicio y dejando sin efecto cualquier fijación anterior a esta. Y ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONSTITUIR EN FORMA UNIPERSONAL, este Tribunal para que proceda al juzgamiento en el asunto VP11-P-2008-008705, seguido al acusado SAUL WILD GONZALEZ FERRER, plenamente identificado en actas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO ejecutado en perjuicio del Ciudadano NEOMAR OMAR GONZALEZ y EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y publíquese.

LA JUEZA PRIMERO DE JUICIO,


DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
LA SECRETARIA,

ABOG CATRINA LOPEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede y se registró la decisión interlocutoria bajo el N° 1J-14-10-
LA SECRETARIA,

ABOG CATRINA LOPEZ