REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS
Cabimas, 11 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2008-006505
ASUNTO : VP11-P-2008-006505

RESOLUCION No. 1J-05-10

Por cuanto se llevo a cabo el Acto de Constitución del Tribunal en la causa penal, signada con el Nº. VP11-P-2008-006505, seguida en contra de los acusados 1) GUSTAVO LEÓN CACERES, 2) JAIME ROMERO GÓMEZ, 3) GONZALO VELEZ URIBE, y 4) OMAR ACUÑA DURAN, por la presunta comisión de los delitos de CONDUCCION ILEGAL DE AERONAVE establecido en el articulo el articulo 144 de Ley de Aeronáutica Civil, ADULTERACION Y/O DESINCORPORACIÓN DE SERIALES ORIGINALES DE LA AERONAVE, establecido en el articulo 143 de Ley de Aeronáutica Civil, INTERFERENCIA DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL Y DE LA AVIASION CIVIL el articulo 140 de Ley de Aeronáutica Civil, TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS el articulo 83 de Ley Sobre sustancias materiales y desechos peligrosos, Y la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD O NACIONALIDAD, establecido en el articulo 45 y 47 de la Ley de Identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, se resolvió en los siguientes términos:

En el día de hoy, Lunes, Once (11) de enero del año 2010, siendo las ocho y cuarenta de la mañana (8:40 am); día fijado para llevar a efecto la constitución de tribunal con escabinos en el presente asunto seguido en contra de los acusados del ciudadano 1) GUSTAVO LEÓN CACERES, 2) JAIME ROMERO GÓMEZ, 3) GONZALO VELEZ URIBE, y 4) OMAR ACUÑA DURAN, por la presunta comisión de los delitos de CONDUCCION ILEGAL DE AERONAVE establecido en el articulo el articulo 144 de Ley de Aeronáutica Civil, ADULTERACION Y/O DESINCORPORACIÓN DE SERIALES ORIGINALES DE LA AERONAVE, establecido en el articulo 143 de Ley de Aeronáutica Civil, INTERFERENCIA DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL Y DE LA AVIASION CIVIL el articulo 140 de Ley de Aeronáutica Civil, TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS el articulo 83 de Ley Sobre sustancias materiales y desechos peligrosos, Y la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD O NACIONALIDAD, establecido en el articulo 45 y 47 de la Ley de Identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano. Se constituye el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal en la Sede de la Oficina de Participación Ciudadana de este Circuito Judicial Extensión Cabimas. Acto seguido la Secretaria le informa al Ciudadano la Juez Dra YOLEYDA MONTILLA y la Secretaria Abogada. YORLENY ORTIZ MARIN, verificándose la presencia de las partes, encontrándose presentes; la Fiscal 7° del Ministerio Público Abogada. EGLEE PUENTES; inasistente el Defensor Privado Abogado. EURO CARRILLO, los acusados GUSTAVO LEÓN CACERES, JAIME ROMERO GÓMEZ, quienes no fueron trasladados desde el Centro de detenciones preventivas “El Marite”, igualmente ausentes los acusados GONZALO VELEZ URIBE y OMAR ACUÑA DURAN, quienes se encuentran en libertad bajo Medida Cautelar, igualmente no comparecieron los ciudadanos seleccionados como Escabinos. Ahora bien, no existe suficiente quórum por lo que se deja constancia que se realizó en esta causa habiéndose diferido el acto de constitución por falta de quórum de Escabinos los días 10 de julio del año 2009; 14 de agosto del año 2009; 30 de octubre del año 2009; 13 de noviembre del año 2009 y 14 de diciembre del año 2009; realizándose sorteo ordinario en fecha 14 de mayo del año 2009; y sorteo extraordinarios los días 30 de octubre del año 2009; por lo que habiendo agotado la convocatoria efectiva de las participación Ciudadana sin que hubiere comparecido la cuota suficiente para que se pudiera depurar el Tribunal Mixto, es por lo que este Tribunal con apego a lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA CONSTITUIR EL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL, y en consecuencia, el Tribunal FIJA EL JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día 28 de febrero del año 2010, a la dos de la tarde (02:00 pm).

Sobre este particular, es importante señalar lo que al respecto señala el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal:
“Articulo. 164. Constitución del Tribunal. El día señalado se realizará la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y constituya definitivamente el tribunal ixto.
Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuarán como Escabinos o Escabinas deberán constar oportunamente en autos.
En caso que hubiere que diferir la audiencia, ésta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.
Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal.
La audiencia no se suspenderá por inasistencia de alguna de las partes.
Constituido el tribunal mixto, se fijará fecha del juicio oral y público.” (Comillas, negrillas y subrayado del Tribunal)

De acuerdo a la citada disposición procesal realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o escabinas, el Juez o Jueza Profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal, de manera, que tomando en cuenta que en este asunto de han realizado efectivamente dos convocatorias a la Participación Ciudadana, sin que hayan comparecido el quórum suficiente, a pesar de haber sido efectivamente notificados, la consecuencia jurídica ajustada es a los efectos de imprimir celeridad procesal al proceso, aunado a que con ello se genera economía procesal, por lo que este TRIBUNAL DECLARA CONSTITUIR ESTE TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL en la causa signada con el Nº VP11-P-2008-006505, seguida a los acusados 1) GUSTAVO LEÓN CACERES, 2) JAIME ROMERO GÓMEZ, 3) GONZALO VELEZ URIBE, y 4) OMAR ACUÑA DURAN, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día 28 de febrero del año 2010, a la dos de la tarde (02:00 pm). por lo que se ordenó lo pertinente en cuanto a la notificación de los ausentes al acto y a librar boletas de citación a todos a los testigos y/o expertos de acuerdo al auto de apertura a juicio y dejando sin efecto cualquier fijación anterior a esta. Y ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONSTITUIR EN FORMA UNIPERSONAL, este Tribunal para que proceda al juzgamiento en el asunto VP11-P-2008-006505, seguido a los acusados 1) GUSTAVO LEÓN CACERES, 2) JAIME ROMERO GÓMEZ, 3) GONZALO VELEZ URIBE, y 4) OMAR ACUÑA DURAN, por la presunta comisión de los delitos de CONDUCCION ILEGAL DE AERONAVE establecido en el articulo el articulo 144 de Ley de Aeronáutica Civil, ADULTERACION Y/O DESINCORPORACIÓN DE SERIALES ORIGINALES DE LA AERONAVE, establecido en el articulo 143 de Ley de Aeronáutica Civil, INTERFERENCIA DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL Y DE LA AVIACION CIVIL el articulo 140 de Ley de Aeronáutica Civil, TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS el articulo 83 de Ley Sobre sustancias materiales y desechos peligrosos, Y la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD O NACIONALIDAD, establecido en el articulo 45 y 47 de la Ley de Identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y publíquese.

LA JUEZA PRIMERO DE JUICIO,


DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
LA SECRETARIA,

ABOG CATRINA LOPEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede y se registró la decisión interlocutoria bajo el N° 1J-05-10-
LA SECRETARIA,

ABOG CATRINA LOPEZ