REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE JUICIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 12 DE ENERO DE 2010
199° Y 150°
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN
DEL TRIBUNAL UNIPERSONAL
001-10
En el día de hoy, martes doce (12) de Enero de 2010, siendo las doce y diez del mediodía (12:10 p.m), previo lapso de espera en procura de contar con la presencia de todas las partes y oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública el Acto de Depuración y Constitución del Tribunal Mixto con Escabinos, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Causa signada con el Nº 7M-211-09, seguida en contra de los acusados OSWALDO JESUS MORAN FEREIRA Y HENRY JOSE MARTINEZ MORAN, por la presunta comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra la Extorsión y el Secuestro, cometido en perjuicio del ciudadano DIONISIO GONZALEZ. Se constituyó el DR. JESUS ENRIQUE RINCON, Juez Séptimo de Juicio, acompañado de la Secretaria Suplente de Sala ABOG. LEDA JIMENEZ DE RODRIGUEZ, en la Sala del Despacho, habilitada para tal fin. Verificada por Secretaría la presencia de las partes, se deja constancia de la presencia de la Fiscal 5° del Ministerio Público ABOG. NANCY ZAMBRANO, de los Defensores Privados CARLOS PACHECO Y JORGE MARIN y de los acusados OSWALDO JESUS MORAN FEREIRA Y HENRY JOSE MARTINEZ MORAN, previo traslado desde el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite". Asimismo se deja constancia que solo se presentaron de los convocados por Participación Ciudadana: JULIO CESAR REINOSO BAEZ. C.I: 7.897.619, ZULAY JOSEFINA MORILLO FONSECA C.I: 9.771.886 y CAROLINA DEL CARMEN URDANETA CHAPARRO. C.I: .14.544.094. Acto seguido, el Juez Presidente les informó a los seleccionados que ésta es la oportunidad para manifestar alguna excusa que tuviera para desempeñarse en el rol para el cual han sido seleccionados. Seguidamente el Juez Presidente le concede la palabra a las partes para que formulen las preguntas que consideren pertinentes a los seleccionados quienes formularon sus respectivas preguntas, objetando la Fiscal Quinta (5°) del Ministerio Público a la ciudadana CAROLINA DEL CARMEN URDANETA. Asimismo la Defensa Privada objeta a la ciudadana ZULAY JOSEFINA MORILLO FONSECA. Ahora bien, en virtud de que no existe el quórum necesario para constituir el Tribunal Mixto con Escabinos, y visto que las partes observan que se han realizado en la presente causa dos (2) convocatorias infructuosas, no lográndose constituir el tribunal de manera mixta, en tal sentido se procede a conceder la palabra al Defensor Privado ABOG. CARLOS PACHECO, quien expone: “Ciudadano Juez, por cuanto se evidencia que en el día de hoy, esta defensa técnica objeta a la ciudadana ZULAY JOSEFINA MORILLO, así como la Fiscal objetó a la ciudadana CAROLINA DEL CARMEN URDANETA, no existiendo quórum necesario para constituir el Tribunal de manera Mixta con Escabinos, Considerando que, la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, vista las dos convocatorias anteriores, sin que se haya constituido el Tribunal mixto, pudiere constituirse el Juzgado de manera Unipersonal, es por lo que solicito se constituya el Tribunal de forma Unipersonal y se fije el Juicio Oral y Público, es todo”. Asimismo se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: “Esta representación Fiscal esta de acuerdo con que se constituya el Tribunal Unipersonal, visto que la defensa objeta a la ciudadana ZULAY JOSEFINA MORILLO, y esta fiscal objeta a la ciudadana CAROLINA DEL CARMEN URDANETA, no existiendo quórum necesario para constituir el Tribunal de manera Mixta con Escabinos, es todo”. Ahora bien, vista la exposición realizada por todas las partes, para que la presente causa se constituya de manera Unipersonal, y en aras del resguardo al debido proceso, la tutela judicial efectiva, en aplicación del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado el 4-9-2009, que señala que luego de dos convocatorias realizadas, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o Escabinas, el Juez Profesional constituirá el Tribunal de forma Unipersonal, en tal sentido verificadas las notificaciones de los Escabinos convocados, y la objeción realizada en este despacho, tanto por la Representación Fiscal como por la Defensa Privada, considera este Tribunal procedente y ajustado a derecho constituirse en FORMA UNIPERSONAL, fijándose el Juicio Oral y Público para el día MARTES DOS (2) DE FEBRERO DE 2010, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M), quedando todas las partes notificadas. Se hace constar que la defensa Privada, solicita copia de todo el expediente. Se deja constancia del cumplimiento a las formalidades esenciales a la celebración de esta Audiencia oral y pública. Concluyó el acto siendo la una de la tarde (1:00 p.m). Se registra la presente decisión bajo el N° 001-10. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEPTIMO DE JUICIO,
DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN
EL FISCAL 5° DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABOG. NANCY ZAMBRANO
LOS ACUSADOS
OSWALDO JESUS MORAN FEREIRA HENRY JOSE MARTINEZ MORAN
LA DEFENSA PRIVADA
ABOG. CARLOS PACHECO ABOG. JORGE MARIN
LOS CONVOCADOS POR PARTICIPACION CIUDADANA
JULIO CESAR REINOSO BAEZ ZULAY JOSEFINA MORILLO FONSECA
CAROLINA DEL CARMEN URDANETA CHAPARRO
LA SECRETARIA SUPLENTE
ABGG. LEDA JIMENEZ DE RODRIGUEZ
CAUSA N° 7M-211-09
JER/mads.-