República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado Tercero de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia,
Extensión Santa Bárbara de Zulia
Santa Bárbara de Zulia, 14 de enero de 2010
199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL PARA RESOLVER SOLICITUD DE VEHICULO
24-F16-0756-2009
Causa Penal Nº CO3-18.210-2009. Decisión N° 056-2010
En el día de hoy, siendo las nueve horas de la mañana, la oportunidad fijada por este Tribunal para realizar Audiencia Oral, a fin de resolver solicitud de entrega del vehículo Modelo MALIBU Año 1974, Placas XZM-446, Serial de Carrocería 1c29HDV109615 Uso PARTICULAR, Clase AUTOMOVIL, Color VINO TINTO Tipo PARTICULAR, interpuesta por el ciudadano DAULMER CLARO RUIZ NARVAEZ, presidida por la abogada GRECIA GRISET GARCIA RANGEL, en su carácter de Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, a, actuando como Secretaria la abogada WENDY MARINA HERNÁNDEZ CARLY. Acto seguido la Juez de Control insta a la Secretaria a verificar la presencia de las partes, quien expuso: “Ciudadana Jueza, se encuentra presente la abogada LISBETH DAVILA GONZALEZ, en su condición Fiscal Decimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el solicitante ciudadano DAULMER CLARO RUIZ NARVAEZ, asistido por la ciudadana JHOANNINI PEREZ. Es todo”.- En este estado, la Jueza de Control acuerda dar inicio al acto y cede la palabra a la Abogada asistente, quien expuso: “En esta audiencia , solicita la entrega material del vehículo de la presente causa, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal penal, ya que el Ministerio Público no lo considera indispensable para la investigación, del mismo modo el serial del panel del tablero y el chasis se encuentra desincorporado y desvastado por el transcurso del tiempo, por el uso desgastes y es el único medio de transporte que posee mi defendido. Es Todo.”.- Acto continuo el Tribunal cede la palabra a la abogada LISBETH DAVILA GONZALEZ, en su condición de Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público (A) de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, quien expuso: “ Esta representación fiscal
ratifica el escrito de negativa de entrega de vehículo de fecha 21 de octubre de 2009, en el cual se niega la entrega del vehículo marca Chevrolet, Modelo Malibu, Color Vino Tinto, placas: XZM-466, Serial de Carrocería 1C29HDV109615, año 1974, en virtud de que el mismo presente el serial del panel suplantado, serial del tablero desincorporado y serial del chasis desvastado, en virtud de que no se logró recabar el serial del vehículo en cuestión, por último el vehículo no es indispensable para continuar la investigación, es todo.”.- Seguidamente la Juez se dirige al solicitante ciudadano DAULMER CLARO RUIZ NARVAEZ, antes identificado, si desea manifestar algo en esta audiencia, a lo que expuso: No doctora. Es Todo. Acto seguido la Juez de Control, hace la siguiente exposición: “,Escuchadas como han sido las exposiciones tanto de la abogada asistente ciudadana JHOANNINI PEREZ, quien representa en este acto al ciudadano DAULMER CLARO RUIZ NARVAEZ, solicitante en la presente causa, así como la de la ciudadana LISBETH DAVILA GHONZALEZ, en su condición de Fiscal (A) Decimosexta del Ministerio Público, este Tribunal a los efectos de decidir la solicitud de entrega de vehículo, la cual se interpuso de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda pronunciarse por auto por separado, de acuerdo a los tres (03) día hábiles siguientes. Es Todo. Quedan notificadas las partes del contenido de esta decisión, de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando asentada la presente decisión bajo el N° 056-2010. y siendo las nueve y treinta minutos de la mañana, del día de hoy, se da por concluido la presente audiencia. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TERCERA DE CONTROL,
GRECIA GRISET GARCIA RANGEL.
EL SOLICITANTE,
DAULMER CLARO RUIZ NARVAEZ
LA ABOGADO ASISTENTE,
Abg. JHOANNINI PEREZ
LA FISCAL XVI DEL MINISTERIO PÚBLICO,
Abg. LISBETH DAVILA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
Abg. WENDY MARINA HERNÁNDEZ CARLY
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