Comisión No. 2943/2009.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
199º y 150º
En el día de hoy, JUEVES VEINTIOCHO (28) DE ENERO DEL AÑO 2010, siendo las ONCE horas de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada previamente, una vez cumplidas las formalidades de Notificación pertinente en este tipo de procedimiento, previstas en el articulo 929 de LA NORMA CIVIL ADJETIVA (CPC), para la ejecución de la Medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y el Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en en la solicitud que por ENTREGA MATERIAL, sigue la ciudadana MARIA HORTENSIA APARICIO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nro 1.065.126, en contra del ciudadano MANUEL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° 8.404.841; llevado en el expediente No. 56.616, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección aportada por la parte solicitante, específicamente en un inmueble tipo casa edificada sobre un terreno propio que tiene una superficie de doscientos cuarenta metros cuadrados (240 Mts2), ubicada geográficamente en la Urbanización La Chamarreta, sector 02, avenida 03, Casa N° 91, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Fondo con P.S.B N° 01 de la calle 10 y mide diez metros (10mts); Este: Lado con la casa N° 89 y mide veinticuatro metros (24mts); Oeste: Lado con la calle N° 10 y mide veinticuatro metros (24mts) y Sur: Frente con la av 3 y mide 10 metros.- En este estado, de igual manera se deja expresa constancia, que acompaña a este Juzgado en la presente ejecución, el funcionario de la Policía Regional, Oficial Mayor PLINIO GONZALEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 10.017.445, credencial No. 0643, quien pertenece al Departamento Policial de la Parroquia Olegario Villalobos y se encuentra adscrito en el Edificio Arauca para brindar custodia a los Tribunales Ejecutores de Torre Mara.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, a la ciudadana ESTHER ORTEGA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 6.833.695, quien manifestó ser la esposa del ciudadano MANUEL GONZALEZ, y residir en el inmueble donde se encuentra constituido este Juzgado, conjuntamente con su esposo e hijos y que la ciudadana solicitante MARIA HORTENSIA APARICIO, es su progenitora. Es todo. Seguidamente se deja constancia que la ciudadana ESTHER ORTEGA DE GONZALEZ, esposa del ciudadano MANUEL GONZALEZ, procedió a comunicarse vía telefónica con abogada de su confianza, manifestando que la abogada ya venia en camino, y a los efectos se le concedió un tiempo prudencial de espera.- En este estado y luego de transcurrido aproximadamente veinte (20) minutos de espera, hizo acto de presencia la abogada en ejercicio CELIDA EGLE ZULETA NERY, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.786, a los fines de asistir a la notificada en el presente acto.- Seguidamente presente la ciudadana ESTHER ORTEGA DE GONZALEZ, notificada (Esposa del ciudadano Manuel González), debidamente asistida por la abogada en ejercicio CELIDA EGLE ZULETA NERY, plenamente identificada, expuso: Luego de conversar las posibilidades y alternativas para alcanzar un acuerdo con la representación judicial de la solicitante y vista la conveniencia de la misma, se plantea en aras de la aceptación de los solicitantes el siguiente arreglo judicial; con la salvedad, de que el mismo debe cumplirse en los términos y condiciones que se acuerden en esta acta: La ciudadana ESTHER ORTEGA DE GONZALEZ, en su carácter de cónyuge del habitante del inmueble, declara: Me comprometo a entregar el inmueble totalmente desocupado a la ciudadana MARIA HORTENSIA APARICIO ó a los apoderados legítimamente constituidos, en un plazo de cinco (05) meses contados a partir de la presente fecha es decir VEINTIOCHO DE ENERO DEL 2010 (28/01/10), en el entendido que para el día MIERCOLES TREINTA DE JUNIO del año que discurre (30/06/10), el inmueble debe estar totalmente desocupado, haciendo la debida entrega formal y definitiva a la solicitante. En este estado presente el apoderado judicial de la solicitante MARIA HORTENSIA APARAICIO, abogado en ejercicio ARGENIS VILLA LOPEZ, plenamente identificado expuso: Visto el ofrecimiento realizado por la cónyuge del solicitado de autos con la asistencia legal antes referida, ofrezco recíprocamente en este acto la cesión de todos los derechos de dominio, propiedad y posesión que le asisten a la solicitante del inmueble ubicado en la calle 9, casa N° 24.Sector 2. Urbanización la Chamarreta, que actualmente se encuentra ocupada por terceras personas, recibiendo la ciudadana ESTHER ORTEGA de GONZALEZ, los cánones de arrendamientos, comprometiéndose dicha ciudadana, conforme lo conversado, a realizar las gestiones legales o judiciales, pertinentes en aras de obtener la desocupación o desalojo del inmueble antes descrito, y que va a servir de vivienda a su persona y a su grupo familiar. Es todo.- Seguidamente presente la ciudadana ESTHER ORTEGA de GONZALEZ, con la asistencia referida expuso: Ratifico el compromiso conversado con el representante judicial de la solicitante, expuesto por este último en esta acta. En este estado presente nuevamente el apoderado judicial de la ciudadana MARIA HORTENSIA APARICIO, abogado en ejercicio ARGENIS ANTONIO VILLA LOPEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.270, expuso: Visto lo anteriormente expuesto, declaro en este acto estar completamente de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el presente acuerdo, esperando que la parte solicitada, cumpla en todos y cada uno, los puntos acordados en el presente instrumento y asimismo solicito muy respetuosamente a este Tribunal Ejecutor se sirva retirarse del sitio de constitución y ordene a la brevedad posible, la remisión de la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa. Es todo. En este estado se deja expresa constancia que la abogada asistente de la ciudadana ESTHER ORTEGA, abogada en ejercicio CELIDA ZULETA NERY, se compromete a entregar al apoderado judicial de la ciudadana MARIA HORTENSIA APARICIO, abogado ARGENIS VILLA LOPEZ, plenamente identificado las llaves del inmueble en referencia una vez llegado el termino acordado. Es todo.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: UNICO: CONFORME LO HA SOLICITADO EXPRESAMENTE EL APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, SE ORDENA EL RETIRO DEL TRIBUNAL DEL SITIO DE CONSTITUCIÓN, Y ASIMISMO LA REMISION DE LA PRESENTE ACTA CON SUS CORRESPONDIENTES RESULTAS AL TRIBUNAL DE LA CAUSA, EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA SIN CUMPLIR.- SIENDO LA UNA y TREINTA (01:30 p.m) horas de la tarde, terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman.-------------------------------------

EL JUEZ,

ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN

LA NOTIFICADA,(Cónyuge del ciudadano Manuel González)



SU ABOGADA ASISTENTE,



EL APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE,








LA SECRETARIA,


ABOG. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.