REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.592.-
En el día de hoy, 29 de Enero del año dos mil diez, siendo las 10:30 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Ministerio del Poder popular para la Educación, ubicada en la avenida 8 Santa Rita del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: No. 16002. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana RORAIMA DEL CARMEN ASANSA, portador de la Cédula de Identidad No. 11.871.777, en contra del ciudadano NORBERTO ANTONIO BRACHO, portador de la Cédula de Identidad No. 7.813.720, a favor de la niña JACKELIN DEL CARMEN BRACHO ASANSA.- En este estado presente el ciudadano (a): ANA ANGELICA DOMINGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No 7.834.473, quién se identifico con el carácter de SECRETARIA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: sobre A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo o salario que le pueda corresponder al ciudadano NORBERTO ANTONIO BRACHO, como Obrero al servicio de la Escuela Bolivariana Orlando Díaz Cubillan, ubicado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las Utilidades, Vacaciones y Bono Vacacional que le pueda corresponder anualmente al mencionado ciudadano.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de Prima por Hijo y Juguetes que le puedan corresponder al ciudadano NORBERTO ANTONIO BRACHO.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral como Obrero al servicio de la referida Institución.- Las cantidades antes mencionadas deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP. No. 16002. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionadas. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:35 AM.-
LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG
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