ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2009-005558
ASUNTO : VP02-S-2009-005558


RESOLUCIÓN: 018-10
En fecha 29 de Junio del año 2009, se recibió Notificación del inicio de Investigación en la presente causa. En fecha 09 de Octubre se recibió escrito contentivo de Solicitud de prórroga por noventa (90) días a los fines de presentar el acto conclusivo correspondiente en la Investigación No. 24-F3-1357-09, seguida al ciudadano RUBEN DARIO BOCOULT HERNANDEZ, con ocasión de la denuncia interpuesta por la ciudadana YANELIS COROMOTO SUAREZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 39 Y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo de conformidad con el articulo 79 de la mencionada Ley.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Indica la ciudadana Fiscala Abg. FLORYMHAR BECERRA CAMARGO, en su carácter de Fiscala (A) Primera Comisionada del Ministerio Público, en su escrito, que tal prórroga la requieren en atención a que la investigación a la cual se le dio Inicio, no ha podido ser culminada por los cuerpos de investigaciones, indicando la representante en su escrito de solicitud, que aun se encuentran practicando diligencias de investigación, tales como entrevista a los testigos presénciales y sobre todo recabando las resultas del examen médico legal de la victima, todo lo cual, son circunstancias que evidentemente hacen necesaria e indispensables otorgar la prórroga solicitado por noventa (90) días, para poder concluir dicha investigación.- ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal SEGUNDO en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARÓ PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud realizada por la ABG FLORYMHAR BECERRA CAMARGO, en su carácter de Fiscala (A) Primera Comisionada del Ministerio Publico, y en consecuencia ORDENA la PRORROGA POR CUARENTA Y CINCO (45) DIAS a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público a los fines de la presentación del correspondiente Acto Conclusivo en la investigación seguida en contra del ciudadano RUBEN DARIO BOCOULT HERNANDEZ, con ocasión de la denuncia interpuesta por la ciudadana YANELIS COROMOTO SUAREZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 39 Y 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana YANELIS COROMOTO SUAREZ.- Publíquese y notifíquese.-
LA JUEZA SEGUNDO DE CONTROL,

ABOG. MANUELA ALVARADO RIGORES

LA SECRETARIA,

ABOG. ZOA SERRADA DE ROSALES.
En la misma fecha se remitieron las Boletas de Notificación al departamento de Alguacilazgo.-
LA SECRETARIA,

ABOG. ZOA SERRADA DE ROSALES