ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.009-1835
PARTE ACTORA: Ciudadano, ANGELO DIAZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 14.904.882.
APODERADO JUDICIAL: Abogado OMAIRA URRETA, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 68.924.
PARTE DEMANDADA: CONSERMAGA, C.A.
REPRESENTANTE LEGAL: Abogado OSCAR URRIETA, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 49.539.-
MOTIVO: COBRO DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 14 de Enero de 2010, habilitada la oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar, comparecieron el ciudadano ANGELO DIAZ, asistido del abogado OMAIRA URRETA, apoderado judicial del accionante, también compareció el abogado OSCAR URRIETA, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 49.539, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, quien presentó poder original y copia, esta última es certificada por la ciudadana Secretaria del Tribunal. Las parte actora alega que le cancelen los montos correspondientes al concepto de prestaciones sociales en las cantidades Bs. 6843,11 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio conviene en cancelar la cantidad total y definitivo de Bs. 6843,11. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados. Ambas partes acuerdan que el pago será realizado en el día de hoy mediante cheque del Banco Exterior, N° del titulo valor 05-42213244, n° de cuenta 01150074993000119120, por la cantidad de Bs. 6843,11.El accionante recibe en sus manos el referido cheque|-
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado entre las partes.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES. EL SECRETARIO
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