REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 07 de Enero de Dos Mil Nueve.
199° y 150°
Vistos la diligencia y sus anexos consignados por la ciudadana ISMARA COROMOTO CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad N° 9.147.101, debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Abogada ANA ROSA GIL, inserto a los folios Nros. 19 y 20 del Expediente Principal, en la cual solicita el decreto de medida de embargo por la cantidad de QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 15.486,00) correspondiente Obligaciones de Manutención adeudadas por el ciudadano LUIS HUMBERTO RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 4.018.329, este Tribunal decreta medida de embargo sobre la cantidad de QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 15.486,00), la cual deberá ser descontada de las Utilidades o Fideicomiso devengado por el demandado, ciudadano LUIS HUMBERTO RAMIREZ en el Consejo Municipal del Municipio Cárdenas del Estado Táchira. Ofíciese lo conducente. Se libró oficio N° 15614-09.Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL PRIMERA
Dra. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
EL SECRETARIO SUPLENTE
Abg. DARWIN JOSE ABREU MARCANO
Exp. N° 17103
JACKISS