REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, once de enero de dos mil diez
199º y 150º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

ASUNTO : VP01-L-2009-002938
PARTE ACTORA: FRANCISCO COLINA BASTIDAS, titular de la cédula de identidad: 15.786. 605.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil EXPRESOS AERONASA COMPAÑÍA ANÓNIMA
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 18 de diciembre de 2009, por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia; suscrita por el FRANCISCO COLINA BASTIDAS, asistido por la abogada en ejercicio ANA MARÍA AVILA, Inpreabogado: 31.502; por una parte y por la otra el abogado en ejercicio TIRZO CARRUYO, Inpreabogado: 25.487; en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil EXPRESOS AERONASA COMPAÑÍA ANÓNIMA.; todos amplia y suficientemente identificados en actas. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide. Asimismo se ordena en este mismo acto, expedir copias certificadas, solicitadas en acta de transacción. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.


JC/jc

Abog. Joselyn Urdaneta.