JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, dieciséis (16) de Diciembre de dos mil diez (2010).-
200º y 151º
Visto que este Tribunal no se ha pronunciado sobre la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Octavio Villalobos, en su carácter de Defensor Ad-Litem de las ciudadanas JACKELINE GUERRERO ALBORNOZ y CLARA ALBORNOZ; de conformidad con los establecido en el Artícul
o 296 del Código de Procedimiento Civil, que prohíbe que se dicte providencia alguna luego de admitida la apelación en ambos efectos y en virtud de la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 14 de abril de 2010, en la cual revoca la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 23 de noviembre de 2009, y ratifica la Medida de Secuestro de fecha 02 de marzo de 2010, a favor de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ANDARA C.A. , en consecuencia se decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre el bien inmueble dado en arrendamiento a la Sociedad Mercantil CIRCUITO HIPICO J.G INVERSIONES, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, con fecha seis (06) de junio de 2001, quedando inscrito en el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo con fecha 06 de Junio de 2001, bajo el No. 11, tomo 8-A., constituido por un terreno propio y las construcciones enclavadas en el mismo, incluyendo las instalaciones de un auto lavado de vehículos, así como el moblaje que se indica en el inventario que se anexa en el contrato de arrendamiento, situado en la circunvalación No. 2 con calle 115, Barrio los Estanques de la Ciudad de San Francisco en Jurisdicción de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio San Francisco del Estado Zulia. Asimismo, este Tribunal designa como secuestratario judicial a la parte demandante, sociedad mercantil “INVERSIONES ANDARA, C.A (INANCA), en la persona del ciudadano OMAR JOSÉ ANDARA INFANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.100.871 y de este domicilio en tal sentido el Juzgado Comisionado queda facultado para llevar a efecto la notificación de la designación realizada y proceder a su juramentación a su representante en caso de aceptación al cargo de secuestratario judicial. Para la ejecución de la medida se comisiona suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con facultades para tomar las medidas que considere necesarias para llevar a efecto la practica de la medida; y en tal sentido se le faculta para nombrar y juramentar secuestratario judicial. Líbrese despacho.-
EL JUEZ PROVISORIO,
EL SECRETARIO TEMPORAL,
DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS,
ABOG. ROBERT JOSÉ MARTÍNEZ GODOY.

En la misma fecha dictó la presente resolución quedando anotada bajo el Nro.41, y se libro despacho bajo el Nro.1428-10.-

El Secretario Temporal,
CRF/kc.-



















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
AL
ORGANO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
HACE SABER
Que en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la Sociedad Mercantil INVERSIONES ANDARA C.A., en contra de la Sociedad Mercantil CIRCUITO HÍPICO J.G. INVERSIONES C.A., este Tribunal por auto de esta misma fecha, decretó MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre el bien inmueble dado en arrendamiento a la Sociedad Mercantil CIRCUITO HIPICO J.G INVERSIONES, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, con fecha seis (06) de junio de 2001, quedando inscrito en el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo con fecha 06 de Junio de 2001, bajo el No. 11, tomo 8-A., constituido por un terreno propio y las construcciones enclavadas en el mismo, incluyendo las instalaciones de un auto lavado de vehículos, así como el moblaje que se indica en el inventario que se anexa en el contrato de arrendamiento, situado en la circunvalación No. 2 con calle 115, Barrio los Estanques de la Ciudad de San Francisco en Jurisdicción de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio San Francisco del Estado Zulia. Asimismo, este Tribunal designa como secuestratario judicial a la parte demandante, sociedad mercantil “INVERSIONES ANDARA, C.A (INANCA), en la persona del ciudadano OMAR JOSÉ ANDARA INFANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.100.871 y de este domicilio en tal sentido el Juzgado Comisionado queda facultado para llevar a efecto la notificación de la designación realizada y proceder a su juramentación a su representante en caso de aceptación al cargo de secuestratario judicial..- Que tan pronto reciba el presente despacho, se servirá darle entrada y luego de cumplida, se remitirán las resultas a este Tribunal con la mayor brevedad posible dejando constancia de éstas.- Se hace constar que los abogados en ejercicio ABDENAGO ENRIQUE SÁNCHEZ HUERTA, ZORAIDA LIA BERRUETA ORTEGA y CARLOS MORELL FRANCHI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 16.608.061, 4.592.282 y 16.304.152, respectivamente, e inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 127.143, 18.158 y 121.031, respectivamente, obran con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora.- Y los abogados en ejercicio ÁNGEL ENRIQUE MENDOZA, ÁNGEL SEGOVIA CORONADO y DERVY PEROZO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 61.920, 57.700 y 52.402, respectivamente, obran con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada. En Maracaibo, a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre de dos mil diez (2010).- Años 200º de Independencia y 151º de la Federación.- Exp. Nro. 12363.-
EL JUEZ PROVISORIO, EL SECRETARIO TEMPORAL,

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS ABOG. ROBERT JOSÉ MARTÍNEZ.





CRF/RJMG/kc.





























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
MARACAIBO

Exp. Nro. 12363.-
Maracaibo, 16 de Diciembre de 2010.-
200° y 151°
Oficio Nro. 1428-2010.-

CIUDADANO:
ORGANO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
SU DESPACHO.-

Adjunto al presente oficio remito a Usted, el despacho de comisión de Medida de Secuestro, librado en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la Sociedad Mercantil INVERSIONES ANDARA C.A., en contra de la Sociedad Mercantil CIRCUITO HÍPICO J.G. INVERSIONES C.A., y para cuya ejecución quedó suficientemente comisionado ese Juzgado a su cargo.-

Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACION

CARLOS RAFAEL FRÍAS
Juez Provisorio


CRF/kc.-
Adjunto: lo indicado.-