En horas de despacho del día de hoy, dieciséis (16) de diciembre de 2010, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco ; Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Tribunal Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN que sigue HÉCTOR JOSÉ MONTERO ALCALÁ contra los ciudadanos CHIQUINQUIRÁ DEL CARMEN FUENMAYOR SÁNCHEZ y RICARDO JOSÉ GIMENEZ TORTOZA, titulares de las cédulas de identidad números 7.606.271 y 15.540.244, respectivamente.- El Tribunal deja constancia que se traslado a un inmueble ubicado en Residencias Villa Harvard, Torre 4, Planta Baja, Apartamento 1-A, en la calle 59 en Jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila, y una vez en el lugar, fuimos atendido por un ciudadano quien dijo ser el Conserje del Edificio y quien no quiso identificarse, manifestando que los demandados no residían en ese edificio, en virtud de la situación, este Tribunal procede a retirarse a su lugar de origen y ordena fijar nueva oportunidad previa solicitud de la parte interesada.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez

Abog. Guillermo Infante

La Secretaria,





Comisión 4520-10.-