Comisión No. 3344/2010

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
200º y 151º

En el día de hoy, JUEVES DOS (02) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ (2010), siendo las DIEZ horas de la MAÑANA (10:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para la ejecución de la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, sigue la Sociedad Mercantil U.C, LAGO, C.A inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de diciembre de 2007, bajo el N° 48, Tomo 70-A, en contra la Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 15 de noviembre de 1993, bajo el N° 47, Tomo 19-A, llevado en el expediente No. 2222, nomenclatura del referido Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por el apoderado judicial actor ejecutante, específicamente en la sede donde funciona la Entidad Bancaria BANCO BANESCO (Agencia Bella Vista Norte), ubicado geográficamente en la Avenida 4 Bella Vista con calle 71, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, al ciudadano GIOVANNY PAREDES, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. V.-11.280.097, quién manifestó ser Sub-Gerente de dicha Entidad Bancaria (BANESCO BANCO UNIVERSAL).- En este estado presente el apoderado judicial actor ejecutante, abogado en ejercicio ATILANO GONZALEZ RIVAS, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.228, expuso: Señalo a este Juzgado Ejecutor de Medidas, tal y como lo señale en diligencia suscrita por mi persona en esta misma fecha la cual riela en el folio N° 07, se sirva embargar preventivamente, las cantidades disponibles en la cuenta corriente signada con el N° 01340081480813132990, que posee la Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A (Demandada de autos), en la entidad bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL, por lo que a tal efecto, solicito al Tribunal Ejecutor, proceda a requerir dicha información al Sub- Gerente notificado. Es todo.- A continuación, este Juzgado pasa a requerir del Notificado (Sub-Gerente de la Entidad Bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL), la información relativa a la existencia, de la cuenta corriente signada con el N° 01340081480813132990, que posee la demandada de autos, Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A, antes identificada, tal y como lo señaló el apoderado judicial actor ejecutante en diligencia suscrita en esta fecha, para que sean Embargada por este Juzgado. Es todo.- Seguidamente, el Notificado en cuestión (Sub-Gerente de la Entidad Bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL), expuso: Efectivamente, la Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A, posee una cuenta corriente signada con el No. 01340081480813132990, en esta Entidad Bancaria (BANESCO BANCO UNIVERSAL), la cual represento, y posee al momento un saldo disponible de SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES EXACTOS (Bs 664,00). Es todo.- En este estado, presente el apoderado judicial actor ejecutante abogado en ejercicio ATILANO GONZALEZ RIVAS, plenamente identificado expuso: Solicito muy respetuosamente al Tribunal Ejecutor, proceda a ejecutar la medida de embargo sobre las cantidades de dinero existentes en la Cuenta bancaria signada con el N° 01340081480813132990, cuyo titular es la Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A (Demandada de autos), y asimismo se sirva remitir la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa.- Es todo. En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Formalmente Embargado preventivamente las cantidades existentes en la cuenta corriente N° 01340081480813132990, que se encuentra depositada en la entidad bancaria Banesco Banco Universal, cuyo titular de dicha cuenta es la Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A, plenamente identificada, y en consecuencia, se declara consumada la Desposesión Jurídica de la Ejecutada. SEGUNDO: Este Juzgado Ejecutor deja constancia de que recibe en este acto, cheque de gerencia a nombre y a la orden del Tribunal de la Causa (Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y conforme lo indicado en el Despacho de exhorto, se ordena remitir el mismo al Tribunal de la Causa, girado en contra de la Cuenta del Cheque de Gerencia No. 01340039342120210001, del Banco Banesco Banco Universal, Cheque de Gerencia No 03928671, por la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs. 640,00), cantidad esta que corresponde al embargo preventivo de la Cuenta corriente, cuyo titular es la Sociedad Mercantil TALLER IBART, C.A, demandada de autos, previo el descuentos de veinticuatro bolívares (Bs 24), por la emisión de cheque de gerencia.- TERCERO: Se ordena agregar a la presente acta el cheque de gerencia antes mencionado, para que formen parte del presente exhorto y posteriormente sean remitidos al Tribunal de la Causa.- CUARTO: Conforme lo ha solicitado expresamente el apoderado judicial actor ejecutante, se ordena la remisión de la presente acta con sus correspondientes resultas al Tribunal de la Causa, en el estado en que se encuentra parcialmente cumplida.- Siendo las ONCE HORAS DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), terminó el acto, es todo, se leyó y conformes firman.-----------------------------------
EL JUEZ,

ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.




EL NOTIFICADO (SUB-GERENTE DE LA ENTIDAD BANCARIA BANESCO BANCO UNIVERSAL, SEDE MARACAIBO PLAZA),





EL APODERADO JUDICIAL ACTOR EJECUTANTE







LA SECRETARIA
ABOG. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.