REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 4.942.-

En el día de hoy, 10 de Diciembre del año dos mil diez, siendo las 11:30 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa FRITOMANIA C.A, ubicada en el Centro Comercial SAMBIL, nivel feria del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 18521. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana IRMA ROSALIA GONZALEZ PALMAR, portadora de la Cédula de Identidad No. 15.562.723, actuando en interés y beneficio del niño YOBER HERNANDEZ GONZALEZ, en contra del ciudadano NELSON ENRIQUE HERNANDEZ CONTRERAS, portador de la Cédula de Identidad No. 17.089.384.- En este estado presente el ciudadano (a): NESTOR RAVELO, titular de la Cédula de Identidad No. 10.419.980 quién se identifico con el carácter de GERENTE. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que devenga el ciudadano NELSON ENRIQUE HERNANDEZ CONTRERAS como cajero de la Empresa FRITOMANIA.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de bono vacacional y bonificación de fin de año.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos que pueda percibir el mencionado ciudadano para su hijo.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al ciudadano NELSON ENRIQUE HERNANDEZ CONTRERAS, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier caso que de por terminada su relación laboral con dicha empresa.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre cualquier otra cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano NELSON ENRIQUE HERNANDEZ CONTRERAS.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B y C” deberá ser entregadas directamente a la demandante de autos ciudadana IRMA ROSALIA GONZALEZ PALMAR, portadora de la Cédula de Identidad No. 15.562.723, y la cantidad contenida en el literal “D y E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP. No. 18521. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se solicita información sobre el sueldo básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado.-ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO, las cantidades de dinero por los conceptos arriba señalados.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:35 AM.


LA JUEZ,

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:

ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG