REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA N° 5056
En el día de hoy ocho (08) de Diciembre de dos mil diez (2010, siendo las once y cuarenta y cinco de la mañana, se trasladó y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede del EDIFICIO CENTRO COMERCIAL OLIVA C.C.O., ubicado entre la avenida Bolívar y Camoruco en Ciudad Ojeda, Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, acompañado del abogado JULIO SERRANO, inscrito en el INPREABOGADO, bajo el Nro 111.957, actuando como apoderado judicial de la parte actora, a objeto de proceder a poner en posesión del adjudicatario BANCO MERCANTIL, C.A (BANCO UNIVERSAL los locales comerciales descritos en el despacho de medida, ordenado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de EJECUCION DE HIPOTECA, seguido por BANCO MERCANTIL, C.A (BANCO UNIVERSAL), en contra de las Firmas Mercantiles EDIFICIO CENTRO COMERCIAL OLIVA C.C.O., DIVERSIONES Y DISTRACCIONES OLIVA ZOVKO C.A. Y GIOVANNI OLIVA CAPUTO. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano DANIELE BOSCAROLO GOBBO, titular de la cedula de identidad V-10.209.553.. En este estado presente el apoderado actor, ya identificado, expuso: Por cuanto es imposible la ejecución de la medida por encontrarse el inmueble ocupado con bienes que pertenecen a un tercero y a los fines de no perjudicar los derechos del mismo, solicito al tribunal se sirva suspender la ejecución de la medida reservándome, el derecho de solicitar una nueva oportunidad.