REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes

Maturín, 15 de Diciembre del 2.010
200° y 151°

Vista la solicitud de fijación de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR PROVISIONAL solicitada por la ciudadana: YAMILETH DEL CARMEN CAÑA BELLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° 17.487.501, quien procede con el carácter de progenitora de los niños: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), asistida por la Abogada: NATHALIE MEZA MORALES, EN SU CARÁCTER DE DEFENSORA PUBLICA CUARTA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, este Tribunal Observa que el referido a fijar un Régimen Provisional que la extinta sala 01 del tribunal de Protección del Niño y Adolescente, oportunidades estas propias de nuestro Folklore que conlleva a la celebración en familia para lo cual los prenombrados niños disfrutaran con su madre desde el día 16 de diciembre del 2010 desde las 12 M al 27 de diciembre del 2010, oportunidad esta en la que la madre YAMILETH DEL CARMEN CAÑA BELLO, entregara a su hijos al padre en el hogar de este de este a las 12 M, y desde el día 28 de diciembre del 2010 al 06 de Enero del 2011 lo disfrutaran con su Padre. A los fines de la materialización del Régimen establecido, se acuerda que el mismo sea supervisado con un miembro del equipo Multidisciplinario de este Circuito. Librasen Oficios. Cúmplase.-
LA JUEZA


ABG. ELINA CIANO D´COOLS



LA SECRETARIA


ABG. DIANA M. LEZAMA