REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, Veintiuno (21) de Diciembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2010-002738.

Recibida el día de hoy, transacción realizada en fecha dieciséis (16) de Diciembre del presente año, suscrita por el ciudadano ANTONIO URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-22.120.000, domiciliado en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido por el abogado en ejercicio ESVALDO JOSE VILLASMIL, inscrito en el inpreabogado bajo el número 145.687, en su carácter de parte actora y por la otra parte, la ciudadana KENDRINA DE LOS ANGELES TORRES MONTIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-15.562.433, inscrita en el inpreabogado bajo el número 108.575, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada sociedad mercantil “EVENTS & STAGE, C.A.”, donde la partes, de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción en relación a las PRESTACIONES SOCIALES, con el fin de dar por terminado el presente litigio, por cuanto es beneficioso para ambos y no viola los derechos irrenunciables del trabajador, conviene en que la Sociedad Mercantil “EVENTS & STAGE, C.A.”;le cancele al trabajador ANTONIO URDANETA la cantidad de CINCO MIL SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.5.066,00), cancelados en el acto mediante un (01) cheque bajo el numero 99002948, girado contra el Banco Occidental de Descuento, de fecha Quince (15) de Diciembre de dos mil diez (2010). Este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la Reduplica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, en relación a los conceptos discriminados por las partes en la cláusula segunda y cuarta, de la presente Transacción, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente.

La Juez
Dra. Ana Ávila.

El Secretario.