REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, catorce de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
DECRETO DE EJECUCIÓN VOLUNTARIA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001932
PARTE ACTORA: FRANCISCO JOSÉ CRIOLLO HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: V-5.050.650.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ODALIS CORCHO, GLENNYS URDANETA, KARIN AGUILAR, JUDITH ORTIZ, ADRIANA SANCHEZ, JACKELINE BLANCO y MARIA GABRIELA RENDON, Inpreabogados: 105.871, 98.646, 109.506, 116.517, 98.061, 114.708 y 103.094, respectivamente, Procuradores de los Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A. APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: no nombro apoderado.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
Vista la diligencia suscrita por la abogada MARIA RENDON, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se ponga en estado de ejecución la presente causa, y por cuanto la Sociedad Mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., hasta la fecha no ha cumplido con la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 13 de noviembre de 2008; este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada deberá dentro de los TRES (3) DIAS HABILES siguientes a la presente fecha, dar cumplimiento voluntario, y cancelar al ex -trabajador ciudadano FRANCISCO JOSÉ CRIOLLO HURTADO, la cantidad de CUARENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON 28/100 BOLÍVARES (Bs. 40.593,28); todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith del Carmen Castro
JC/jc