ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000624

PARTE ACTORA: YONI ANTONIO HUERTA PARRA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada MIRMAR GODOY, Inpreabogado N° 89.865.

PARTE DEMANDADA: SERENOS MORALES, C.A. (SEMORCA)

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada MARINA URDANETA, Inpreabogado N° 58.036.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 16 de Diciembre de 2010, siendo las 9:14 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la apoderada judicial de la parte actora Mirmar Godoy en representación del demandante y SERENOS MORALES C.A. (SEMORCA) en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Marina Urdaneta, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandada paga en este acto la cantidad de doce mil bolívares (Bs. 12.000,00) en cheque de la cuenta corriente de Serenos Morales, C.A. SEMORCA N° 0116-0058-18-0010575936 en el Banco Occidental de Descuento, cheque N° 58000763, a la orden de Yoni Huerta Parra, con la mención NO ENDOSABLE. Con este pago se dan por cancelados lo los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones anuales vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional anual vencido, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, diferencia en el pago de vacaciones anuales, diferencia en el pago del bono vacacional anual, diferencia en el pago de las utilidades anuales, intereses sobre prestaciones sociales, cesta tickets y diferencia salarial. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Las partes consignan transacción en cinco (5) folios y cuatro (4) folios anexos. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminada la presente causa y se ordena su archivo definitivo. Se regresan a las partes sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes